MODELO DE ESTATUTO DE ASOCIACIÓN CIVIL
Artículo 1: Con la denominación de . . . . . . . . . . . . . . . , se constituye el día . . . . . de . . . . . . . . . . . . . . . de 2 . . . , una entidad de carácter civil, la que fija su domicilio en la calle . . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . de la localidad de . . . . . . . . . . . . . . . . -
Artículo 2: Los fines de la asociación son:
a) Promover, fomentar, mejorar y desarrollar todo lo relacionado con la investigación, estudio y aplicación práctica de .........................-
b) Para cumplir el fin precedente, asociar a .................... que estén interesados en el objeto de la asociación y a quienes desarrollen actividades que los relacionen con esta disciplina -
c) Realizar actividades de ..................... tendientes al objeto mencionado en el inciso «a» del presente estatuto.-
d) Reunir y destinar fondos a dichos propósitos.-
e) Establecer relaciones e intercambio cultural y científico con otras entidades afines nacionales y extranjeras.-
f) Mantener relaciones con las autoridades científicas Y técnicas nacionales, provinciales, municipales y universitarias. -
Artículo 3: Esta asociación podrá establecer filiales, seguidas por estos mismos Estatutos en cualquier lugar geográfico del País. -
Artículo 4:
a) Adquirir, enajenar y gravar toda ciase de bienes, muebles o inmuebles, semovientes, títulos, valores; ejercer derechos y contraer obligaciones, así como para realizar cualquier operación con el Banco Nación Argentina, Hipotecario Nacional, Provincia de Buenos Aires o con cualquier institución bancario o financiero, público o privado.-
b) Gestionar el apoyo de las autoridades Nacionales, Provinciales, Municipales o Universitarias para la consecución de los fines .-
c) Reunir, adquirir y obtener instrumentos destinados a sus fines específicos .-
d) Contratar y emplear personal profesional, técnico o administrativo. -
Artículo 5: El patrimonio social se formará:
a) De las cuotas que abonen los asociados y que serán fijadas por la asamblea de asociados o la comisión directiva conforme lo reglamenta estos estatutos.-
b) De los bienes que adquiera en lo sucesivo por cualquier título, así como las rentas que los mismos produzcan.-
c) De las donaciones, herencias, subvenciones o legados que se acuerden.-
d) Del producto de cualquier otro concepto que la ley permita. -
Artículo 6: Los fondos sociales se destinarán exclusivamente a la consecución de los fines de
Artículo 7: Ninguna asamblea podrá decretar la disolución de la asociación, mientras . . . . . socios se manifiesten que están dispuestos a sostenerla y a cumplir con sus fines. De hacerse efectiva esa disolución, se fijarán las bases de la liquidación y se nombrará una Comisión liquidadora por la asamblea de asociados. Una vez pagada la deuda social el remanente de bienes serán donados a . . . . . . . -
Artículo 8: Para ser admitido como socio se requiere:
a) Mayoría de edad, ser argentino nativo o naturalizado, ejercer profesión o actividad que se relacione con esta disciplina.-
b) Presentar una solicitud oficializada, firmada por el peticionante, consignando los siguientes datos: Apellido y nombre, nacionalidad, estado civil, profesión, fecha de nacimiento, domicilio, número de libreta de enrolamiento o libreta cívica o documento nacional de identidad y la cédula de identidad. Cada solicitud deberá ser acompañada de una presentación por dos socios activos, cuyas firmas deberán figurar en la solicitud;
c) El nombre y apellido de todo aspirante a socio será expuesto en el local social por un plazo no menor de . . . . . días, a los efectos de que pueda ser impugnada por cualquier asociado si el solicitante no reuniera las condiciones expresadas en el artículo octavo en cualquiera de sus partes, o careciera de las condiciones éticas necesarias. En la primera reunión de
Artículo 9:
a) Socios fundadores.-
b) Socios Activos.-
c )Socios Honorarios.-
e) Socios Benefactores. -
Artículo 10: Serán «Socios Fundadores» los firmantes del Acta de constitución de esta asociación. Serán «Socios Activos» los que fueran aceptados por
Artículo 11: Los socios fundadores y los socios Activos y los Benefactores tienen voz y voto. Los socios Honorarios tienen voz pero no tienen voto, ni pueden ocupar cargos electivos. -
Articulo N° 12:
a) Falta de cumplimiento de las obligaciones impuestas por estos estatutos.-
b) Observar una conducta contraria a la ética profesional, a la moral o a las buenas costumbres.-
c) Haber cometido actos graves de deshonestidad o engañado o tratado de engañar a
d) Hacer voluntariamente daño a la imagen de
e) Haber perdido las condiciones requeridas en este Estatuto para ser asociado. -
Artículo 13: Son obligaciones y derechos de los socios:
a) Llenar la ficha de afiliación, sin falsear las datos que allí se enumeran.-
b) Fijar domicilio y dar cuenta de su cambio.-
c) Abonar puntualmente las cuotas que fije
d) Presentar la renuncia por escrito debiendo hallarse al día en sus pagos.-
e) Respetar y cumplir estos Estatutos, los Reglamentos y Disposiciones de
f) Desempeñar las funciones y comisiones que la sociedad le encomiende, salvo caso de impedimento.-
g) Aceptar las indicaciones reglamentadas que formulen las autoridades de la entidad.-
h) Presentar por escrito a
i) Asistir a las reuniones no secretas de
j) Asistir a las Asambleas, deliberar, votar en las mismas, elegir y ser electo para directivos, con las limitaciones fijadas por este Estatuto.-
k) Tener libre acceso a las dependencias de
l) Informar por escrito a
Artículo 14:
Artículo 15: El socio que adeudare un importe equivalente a dos cuotas será declarado expulsado por resolución de
Artículo 16: Las Asambleas de Asociados serán Ordinarias o Extraordinarias. -
Artículo Nro. 17: Las Asambleas Ordinarias se realizarán anualmente en el local que
a) Discutir, aprobar o rechazar o modificar
b) Elegir y designar los miembros de
c) Tratar cualquier otra ponencia o asunto mencionado en la convocatoria. -
Artículo 18: Las Asambleas Extraordinarias serán convocadas, siempre que
Artículo 19: En las Asambleas no podrán tratarse asuntos que no estén en el Orden del Día. Los temas a tratarse y las fechas y horas de la convocatoria, se harán conocer a los socios por circulares remitidas al domicilio de los mismos con . . . . . días de anticipación por lo menos, a las cuales se acompañará copia de la documentación a considerar. También se anunciará por avisos colocados en la sede social. -
Articulo 20: Las Asambleas se celebrarán válidamente, sea cuál fuere el número de socios presentes, una hora después más uno de los Socios con derecho a voto. Los socios con derecho a voto ausentes, podrán expresar su voto a
Artículo 21: No podrán tomar parte de las Asambleas los asociados que adeudaran a la fecha de la realización más de una cuota social. -
Artículo Nro. 22: Todas las resoluciones se adoptarán por mayoría de votos. Ninguna resolución podrá ser reconsiderada sino a solicitud y con la aprobación de las dos terceras partes de los votos autorizados. Las reconsideraciones sólo pondrán pedirse y tratarse en la misma sección. Los miembros de
Artículo 23: Puesto a votación el asunto, si resultara empatado se reabrirá su discusión. Si en la segunda votación se repitiera el empate el Presidente decidirá con su voto. -
Artículo 24: El presidente podrá intervenir en los debates delegando la presidencia en la persona que corresponda sustituirlo y sólo tiene voto en caso de doble empate. -
Artículo 25: Las asambleas designarán a dos de los Socios presentes para suscribir y aprobar en nombre de la misma el acta respectiva que firmarán conjuntamente con el Presidente y Secretario. -
Artículo Nro. 26:
Los miembros de
Artículo 27:
Artículo 28: Los miembros de
Artículo 29: Para ser miembro de
Artículo 30:
Artículo 31: En las sesiones de
Artículo 32: La comisión directiva deliberará con un quórum de la mitad más uno de sus miembros. Sus resoluciones serán válidas y aprobadas por mayoría de votos presentes. A ese efecto cada miembro tendrá un voto. En caso de empate el Presidente tendrá voto doble. -
Artículo 33: Ninguna resolución será considerada sino a petición y aprobación de un numero de miembros equivalentes por lo menos a los ( . . . . . cuartas partes, . . . . . tercios o . . . . . avas partes) de los que se hallan presentes en el acto en que se dictó la resolución. -
Artículo 34: Todos los miembros de
Artículo 35:
Artículo 36: Cuando por cualquier causa, el número de miembros de
Artículo 37: Son deberes y atribuciones de
a) Cumplir estos estatutos, los reglamentos, las resoluciones de
b) Administrar el patrimonio de
c) Convocar a Asamblea.-
d)
e) Nombrar y renovar el personal y fijar su remuneración.-
f) Llevar los libros de administración y de contabilidad requeridos por la ley y los que
g) Confeccionar
h) Nombrar comisiones y subcomisiones internas.-
i) Integrar el número de sus miembros en caso de renuncia, cesantías, fallecimiento, con sus sustitutos reglamentarios.-
j) Distribuir las tareas y dictar la reglamentación interna de
k) Aceptar o rechazar las renuncias de socios y miembros.-
l) Confeccionar los Reglamentos de
m) Resolver las cuestiones NO previstas en estos estatutos dando cuenta a
o) Amonestar o suspender a los socios. -
Artículo 38: El Presidente representará a
a) Presidir las reuniones de
b) Hacer cumplir las resoluciones dictadas por ella.-
c) Autorizar los pagos dispuestos por
d) Firmar los libros y documentos de la entidad.-
e) Otorgar con la firma del Secretario General y del Tesorero los instrumentos privados y escrituras públicas de adquisición, enajenación, constitución y extensión de derechos reales sobre inmuebles y los documentos que obliguen a
f) Otorgar con la firma del Secretario General los demás actos jurídicos.-
g) Resolver conjuntamente con el Secretario General, en caso de urgencia, asuntos de importancia para
h) Delegará la presidencia en sus sustitutos, cuando desee tomar parte de las deliberaciones de
I) Otorgar poder judicial para representar a
Artículo 39: El vicepresidente ejercerá las funciones del Presidente en caso de ausencia, impedimento, renuncia o fallecimiento. En estos dos últimos casos lo reemplazará hasta la próxima Asamblea Ordinaria en que se hará cargo de
Artículo Nro. 40: En caso de impedimento o ausencia del Vicepresidente lo reemplazará el Secretario conforme al orden de lista por el cual fueron elegidos. -
Artículo Nro. 41: Son atribuciones y deberes del Secretario General:
a) Suscribir conjuntamente con el presidente todos los actos, contratos y documentos de
b) Redactar la correspondencia, notas y documentos de la entidad.-
c) Llevar el registro de socios, conjuntamente con el tesorero y los libros y registros que
d) Mantener los archivos de
e) Guardar los sellos.-
f) Determinar las tareas del personal y fiscalizar su asistencia.-
g) Redactar las actas de la asamblea y de
h) Presentar las Memorias y Documentos de
I) Verificar y anunciar el resultado de las elecciones.-
j) En caso de ausencia del Secretario será reemplazado por el Prosecretario. -
Artículo 42: Deberá auxiliar al Secretario en el desempeño de sus funciones y realizar las tareas que éste o
Artículo 43: Reemplaza al Secretario en su ausencia, renuncia o fallecimiento. En estos dos últimos casos, actuará hasta la celebración de la primera Asamblea Ordinaria, que elegirá Secretario por el término que faltare para completar el período. -
Artículo 44: Son sus atribuciones y deberes:
a) Percibir todas las sumas de dinero y valores que ingresen a
b) Efectuar los pagos dispuestos por
c) Llevar los libros de contabilidad, el registro de socios de acuerdo con el secretario, ocupándose de todo lo relacionado con el cobro de las cuotas sociales y los demás que
d) Realizar los Balances e Inventarios parciales o anuales.-
e) Presentar (mensualmente, bimestralmente, trimestralmente, cuatrimestralmente, semestralmente o anualmente) a
f) Denunciar ante
g) Firmar los recibos de las cuotas pagadas por los asociados.-
h) Firmar con el presidente las libranzas bancarias, los libros de contabilidad y los documentos de Tesorería y conservar el archivo de Tesorería y comprobantes de la misma.-
I) Verificar sin autorización previa los pagos corrientes de impuestos, alquileres, alumbrado y gastos menores, debiendo rendir cuenta en la primera reunión de
Artículo 45: El Protesorero prestará al Tesorero su colaboración y lo remplazará con iguales atribuciones y deberes en su ausencia, renuncia y fallecimiento. Para estos últimos dos casos su actuación durará, hasta la celebración de la primera Asamblea Ordinaria que designará el Tesorero para completar el período. -
Artículo 46:
Artículo Nro. 47: Las elecciones para designar Comisión Directiva se realizarán en
Artículo 48: Constituido
Articulo 49: Los miembros de
Artículo 50: Efectuadas las designaciones del Artículo Nro. 48, se pasará a cuarto intermedio para practicar la elección, que será secreta, debiendo depositarse el voto bajo sobre cerrado firmado por el presidente de mesa, en la urna correspondiente. En el caso de haberse oficializado una sola lista se podrá prescindir de la votación secreta si
Artículo Nro. 51: Terminada la elección se practicará de inmediato el escrutinio y se proclamará a los electos, labrándose un acta que se entregará al Presidente de
Artículo Nro. 52: Si la elección resultare empatada,
Artículo Nro. 53: Estos estatutos podrán reformarse:
a) A pedido de las . . . . . partes de
b) A petición escrita de una . . . . . parte de los socios con derecho a voto, como mínimo. La reforma será tratada y resuelta en
La modificación del presente Estatuto, sólo tendrá validez si cuenta con el voto afirmativo de la mitad más uno de la totalidad de los socios con derecho a voto. Ningún socio podrá tener más de un voto y los miembros de
Artículo 54:
Articulo 55:
a) Examinar los libros y documentos de
b) Fiscalizar la administración, comprobando con frecuencia el estado de caja; c) Dictaminar sobre
d) Convocar a
e) Solicitar la convocación a
f) Vigilar !a liquidación de
En todos los casos,
Artículo Nro. 56: El presente estatuto entrará en vigencia tan pronto sea aprobado por
Queda autorizada

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