¿Qué es una mutual?

Una mutual es una asociación sin fines de lucro formada por personas que se unen voluntariamente con el objetivo de brindarse ayuda recíproca y mejorar su bienestar material y espiritual. 
Estas asociaciones se basan en los principios de **solidaridad y ayuda mutua**, donde los socios contribuyen periódicamente para crear un fondo común que les permita afrontar diferentes riesgos o necesidades. 

LEY ORGANICA PARA LAS ASOCIACIONES MUTUALES

LEY N° 20.321

ARTICULO 1.- Las asociaciones mutuales se regirán en todo el territorio de la Nación por las disposiciones de la presente Ley y por las normas que dicte el Instituto Nacional de Acción Mutual.


¿Qué establece el Artículo 1 de la Ley N° 20.321 respecto a las asociaciones mutuales?

a) Las asociaciones mutuales deben seguir exclusivamente las disposiciones de las provincias donde se constituyen.

b) Las asociaciones mutuales se regirán por las disposiciones de la Ley N° 20.321 y por las normas dictadas por el Instituto Nacional de Acción Mutual.

c) Las mutuales solo podrán operar en el territorio donde se constituyen, bajo regulación municipal.

d) Las asociaciones mutuales se constituyen únicamente con autorización judicial.


¿Cuál es la autoridad encargada de dictar las normas que complementan la Ley N° 20.321?

a) El Ministerio de Desarrollo Social, en colaboración con el Poder Legislativo.

b) El Instituto Nacional de Acción Mutual, responsable de normar y supervisar las mutuales.

c) El Congreso de la Nación a través de una comisión especial.

d) Cada provincia a través de sus respectivos ministerios de desarrollo social.


¿En qué ámbito territorial se aplica la Ley N° 20.321 que regula las asociaciones mutuales?

a) Solo en aquellas provincias que ratifiquen la ley por decreto provincial.

b) En el ámbito de las provincias que hayan aprobado previamente la Ley Nacional de Mutualidades.

c) En todo el territorio de la Nación Argentina, sin necesidad de adhesión por las provincias.

d) Únicamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las provincias que lo soliciten.


¿Qué tipo de organizaciones están específicamente sujetas a las disposiciones de la Ley N° 20.321?

a) Fundaciones que proveen servicios sociales y humanitarios.

b) Asociaciones mutuales que tienen como objetivo la cooperación y el beneficio mutuo entre sus miembros.

c) Sociedades anónimas con objetivos de lucro y con actividades financieras.

d) Cooperativas y mutuales que operan en el ámbito agrícola.


¿Cuál es la relación entre las asociaciones mutuales y el Instituto Nacional de Acción Mutual según la Ley N° 20.321?

a) Las mutuales deben rendir cuentas ante el Congreso Nacional, sin intervención de otras autoridades.

b) El Instituto Nacional de Acción Mutual es la única autoridad que puede dictar normas vinculantes para las mutuales.

c) Las mutuales solo están sujetas a la supervisión del Instituto Nacional de Acción Mutual en caso de que tengan problemas financieros.

d) Las asociaciones mutuales no tienen obligación de cumplir con las normas del Instituto Nacional de Acción Mutual.


ARTICULO 2.- Son asociaciones mutuales las constituidas libremente sin fines de lucro por personas inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales o de concurrir a su bienestar material y espiritual, mediante una contribución periódica.


Según el Artículo 2 de la Ley N° 20.321, ¿cómo se constituyen las asociaciones mutuales?

a) Por decreto gubernamental y con fines lucrativos.

b) Libremente, sin fines de lucro, por personas inspiradas en la solidaridad.

c) Mediante convocatoria pública del Instituto Nacional de Acción Mutual.

d) Por resolución judicial y aprobación de una autoridad provincial.


¿Cuál es el objetivo principal de las asociaciones mutuales según el Artículo 2 de la Ley N° 20.321?

a) Maximizar los beneficios económicos para sus socios.

b) Brindar ayuda recíproca frente a riesgos eventuales o mejorar el bienestar material y espiritual de sus miembros.

c) Facilitar la inversión financiera en los mercados de capitales.

d) Organizar actividades sociales y recreativas para la comunidad en general.


¿Cuál de las siguientes características NO describe a una asociación mutual según la Ley N° 20.321?

a) Es una organización sin fines de lucro.

b) Se constituye con fines de cooperación y solidaridad entre sus miembros.

c) Los socios hacen una contribución periódica para financiar las actividades de la mutual.

d) Tiene como objetivo generar dividendos para sus miembros en proporción a sus aportes.


¿Qué tipo de riesgos buscan enfrentar las asociaciones mutuales a través de la ayuda recíproca según el Artículo 2?

a) Riesgos económicos del mercado bursátil.

b) Riesgos eventuales que afecten el bienestar material o espiritual de sus miembros.

c) Riesgos relacionados con inversiones de alto rendimiento.

d) Riesgos financieros de las empresas en crisis.


¿Cuál es el medio por el cual los miembros de una asociación mutual contribuyen para lograr sus fines?

a) Mediante un pago único al momento de la afiliación.

b) A través de donaciones voluntarias no periódicas.

c) A través de una contribución periódica establecida entre los miembros.

d) Mediante aportes obligatorios del gobierno.


ARTICULO 3.- Las asociaciones mutuales deberán inscribirse en el Registro Nacional de Mutualidades previo cumplimiento de los recaudos que establezca el Instituto Nacional de Acción Mutual. La inscripción en el Registro acuerda a la Asociación el carácter de Sujeto de Derecho, con el alcance que el Código Civil establece para las personas jurídicas, pudiendo recurrirse por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal para el supuesto caso de que dicha inscripción fuera denegada.


¿Qué deben hacer las asociaciones mutuales para obtener el carácter de Sujeto de Derecho?

a) Presentar una solicitud ante el Poder Ejecutivo Nacional.

b) Inscribirse en el Registro Nacional de Mutualidades cumpliendo los requisitos establecidos por el Instituto Nacional de Acción Mutual.

c) Recibir autorización de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

d) Constituirse mediante escritura pública ante un notario.


¿A qué otorga derecho la inscripción de una asociación mutual en el Registro Nacional de Mutualidades?

a) A operar únicamente como una entidad financiera.

b) A recibir fondos estatales de forma automática.

c) A obtener el carácter de Sujeto de Derecho con el alcance que el Código Civil establece para las personas jurídicas.

d) A iniciar actividades comerciales sin ningún tipo de supervisión.


¿A qué organismo pueden recurrir las asociaciones mutuales si se les niega la inscripción en el Registro Nacional de Mutualidades?

a) Al Poder Ejecutivo Nacional.

b) Al Instituto Nacional de Acción Mutual.

c) A la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal.

d) Al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.


¿Qué alcance otorga el carácter de Sujeto de Derecho a las asociaciones mutuales inscriptas en el Registro Nacional de Mutualidades?

a) El alcance de una entidad comercial.

b) El alcance definido para las personas jurídicas por el Código Civil.

c) El alcance de una entidad pública gubernamental.

d) El alcance para operar sin restricciones financieras.


¿Qué sucede si la inscripción de una asociación mutual en el Registro Nacional de Mutualidades es denegada?

a) La mutual no podrá recurrir a ningún organismo.

b) Se podrá recurrir ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

c) La mutual deberá iniciar un nuevo proceso de constitución.

d) La decisión es definitiva y no admite recursos.


ARTICULO 4.- Son prestaciones mutuales aquellas que, mediante la contribución o ahorro de sus asociados o cualquier otro recurso lícito, tiene por objeto la satisfacción de necesidades de los socios ya sea mediante asistencia médica, farmacéutica, otorgamiento de subsidios, préstamos, seguros, construcción y compraventa de viviendas, promoción cultural, educativa, deportiva y turística, prestación de servicios fúnebres, como así también cualquiera otra que tenga por objeto alcanzarles bienestar material y espiritual. Los ahorros de los asociados pueden gozar de un beneficio que estimule la capacidad ahorrativa de los mismos.


¿Qué recursos pueden utilizarse para ofrecer las prestaciones mutuales?

a) Contribuciones o ahorros de los asociados, además de cualquier otro recurso lícito.

b) Únicamente aportes del gobierno nacional.

c) Créditos internacionales.

d) Contribuciones de organismos extranjeros.


¿Cuál de las siguientes NO es una prestación mutual mencionada en el artículo?

a) Asistencia médica y farmacéutica.

b) Préstamos y seguros.

c) Servicios de consultoría legal.

d) Promoción cultural, educativa, deportiva y turística.


¿Cuál es el objetivo principal de las prestaciones mutuales?

a) Generar utilidades para los directivos.

b) Satisfacer las necesidades materiales y espirituales de los socios.

c) Recaudar fondos para el gobierno.

d) Otorgar privilegios fiscales a las mutuales.


¿Qué tipo de incentivo pueden recibir los ahorros de los asociados?

a) Descuentos fiscales permanentes.

b) Beneficios que estimulen la capacidad ahorrativa de los mismos.

c) Acceso exclusivo a subsidios estatales.

d) Exención completa de impuestos a la renta.


¿Cuáles de las siguientes áreas pueden ser objeto de prestaciones mutuales?

a) Asistencia médica, construcción de viviendas, y prestación de servicios fúnebres.

b) Servicios financieros para no socios.

c) Solamente asistencia médica y farmacéutica.

d) Servicios bancarios internacionales.


ARTICULO 5.- Las mutuales podrán asociarse y celebrar toda clase de contratos de colaboración entre sí y con personas de otro carácter jurídico para el cumplimiento de su objeto social, siempre que no desvirtúen su propósito de servicio.


¿Qué pueden hacer las mutuales según el Artículo 5?

a) Asociarse y celebrar contratos de colaboración entre sí y con otras entidades.

b) Solo operar de manera independiente sin ningún tipo de asociación.

c) Establecer alianzas con empresas con fines de lucro.

d) Prohibir la colaboración con otras entidades.

:

¿Qué condición deben cumplir las mutuales al asociarse o celebrar contratos de colaboración?

a) Deben asegurar la generación de beneficios económicos para sus miembros.

b) No deben desvirtuar su propósito de servicio.

c) Deben tener al menos diez años de existencia.

d) Deben limitarse a colaborar únicamente con entidades gubernamentales.


¿Con quiénes pueden celebrar contratos de colaboración las mutuales?

a) Exclusivamente con otras mutuales.

b) Solo con personas de derecho público.

c) Con personas de otro carácter jurídico, además de entre sí.

d) Con entidades no relacionadas con su objeto social.


¿Cuál es el propósito principal de las asociaciones y contratos de colaboración entre mutuales?

a) Promover el lucro personal de sus miembros.

b) Cumplir con su objeto social de servicio.

c) Expandir su influencia en el sector privado.

d) Establecer una red de contactos políticos.


¿Qué implica la posibilidad de celebrar contratos de colaboración para las mutuales?

a) La capacidad de diversificar sus servicios y recursos.

b) La obligación de operar de forma aislada.

c) La prohibición de contratar con otras mutuales.

d) La necesidad de limitar su propósito a la asistencia social.


ARTICULO 6.- El Estatuto social será redactado en idioma nacional y deberá contener:

a) El nombre de la entidad, debiendo incorporarse a él alguno de los siguientes términos: Mutual, Socorros Mutuos, Mutualidad, Protección Recíproca u otro similar.

b) Domicilio, fines y objetivos sociales.

c) Los recursos con que contará para el desenvolvimiento de sus actividades.

d) Las categorías de socios, sus derechos y obligaciones.

e) La forma de establecer las cuotas y demás aportes sociales.

f) La composición de los Organismos Directivos y de Fiscalización, sus atribuciones, deberes, duración de sus mandatos y forma de elección.

g) Las condiciones de convocatoria, funcionamiento y facultades de las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias.

h) Fecha de clausura de los ejercicios sociales, los que no podrán exceder de un año.


¿Qué debe incluir el nombre de la entidad en el Estatuto social según el Artículo 6?

a) Cualquier nombre que los fundadores elijan.

b) Términos como Mutual, Socorros Mutuos, Mutualidad, Protección Recíproca u otro similar.

c) Un número de identificación único.

d) El nombre del presidente de la entidad.


¿Qué información se requiere en el Estatuto social respecto al domicilio?

a) Solo la ciudad donde se encuentra.

b) Domicilio, fines y objetivos sociales.

c) No se requiere incluir el domicilio.

d) Solo el código postal.


¿Cuál de los siguientes elementos debe estar especificado en el Estatuto social en relación con las actividades de la mutual?

a) Los empleados que trabajarán en la mutual.

b) Los recursos con que contará para el desenvolvimiento de sus actividades.

c) Las opiniones de los socios sobre la dirección de la mutual.

d) La duración de la existencia de la mutual.


En el Estatuto social, ¿qué aspectos se deben definir en relación a los socios?

a) Las fechas de ingreso y salida de los socios.

b) Las categorías de socios, sus derechos y obligaciones.

c) Los nombres de todos los socios fundadores.

d) Los intereses personales de los socios.


Según el Artículo 6, ¿qué debe incluir el Estatuto en relación con las cuotas y aportes sociales?

a) La forma de establecer las cuotas y demás aportes sociales.

b) Un monto fijo para todas las cuotas.

c) La cantidad de socios que deben aportar.

d) Los métodos de pago aceptados.


¿Qué aspecto relacionado con la gestión interna de la mutual debe estar presente en el Estatuto?

a) Las condiciones de convocatoria, funcionamiento y facultades de las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias.

b) El número de empleados necesarios para la gestión.

c) La historia de las mutuales en el país.

d) Las opiniones de los socios sobre la gestión.


¿Con qué frecuencia deben cerrarse los ejercicios sociales según el Artículo 6?

a) Cada seis meses.

b) Cada dos años.

c) No pueden exceder de un año.

d) Cada vez que cambie la directiva.


ARTICULO 7.- El estatuto social determinará las condiciones que deben reunir las personas para ingresar a la asociación, relacionadas con su profesión, oficio, empleo, nacionalidad, edad, sexo u otras circunstancias que no afecten los principios básicos del mutualismo, quedando prohibida la introducción de cláusulas que restringen la incorporación de argentinos, como asimismo que coloque a éstos en condiciones de inferioridad con relación a los de otra nacionalidad. No podrán establecerse diferencias de credos, razas o ideologías.


¿Qué tipo de condiciones pueden establecerse en el estatuto social para el ingreso a la mutual?

a) Profesión, oficio, empleo, nacionalidad, edad, sexo u otras circunstancias.

b) Solo la nacionalidad.

c) Solo el sexo y la edad.

d) Exclusivamente el empleo y la profesión.


¿Qué tipo de cláusulas están prohibidas en el estatuto social de una mutual?

a) Las que restrinjan la incorporación de extranjeros.

b) Las que favorezcan a personas de mayor edad.

c) Las que restrinjan la incorporación de argentinos o los coloquen en condiciones de inferioridad.

d) Las que limiten el acceso de personas con menos ingresos.


¿Cuál de las siguientes diferencias no puede ser motivo de exclusión en el ingreso a una mutual?

a) Edad.

b) Profesión.

c) Creencias religiosas, raza o ideología.

d) Empleo.


¿Cuál es uno de los principios básicos del mutualismo mencionado en el artículo?

a) Respetar la igualdad entre socios, sin importar la nacionalidad.

b) Ofrecer beneficios solo a personas con nacionalidad argentina.

c) Crear categorías de socios según la ideología política.

d) Limitar la membresía según el empleo.


¿Qué está específicamente prohibido en las condiciones de ingreso a una mutual según el Artículo 7?

a) Limitar el ingreso según el nivel de estudios.

b) Hacer distinciones entre personas por su raza, credo o ideología.

c) Aceptar solo a miembros que cumplan con un rango de edad.

d) Establecer cuotas diferenciadas según el tipo de empleo.


ARTICULO 8.- Las categorías de socios serán establecidas por las asociaciones mutuales, dentro de las siguientes:

a) Activos: Serán las personas de existencia visible, mayores de 21 años que cumplan los requisitos exigidos por los estatutos sociales para esta categoría, las que tendrán derecho a elegir e integrar los Organos Directivos.

b) Adherentes: Serán las personas de existencia visible, mayores de 21 años que cumplan los requisitos exigidos por los estatutos sociales para esta categoría y las personas jurídicas, no pudiendo elegir o integrar los Organos Directivos.

c) Participantes: El padre, madre, cónyuge, hijas solteras, hijos menores de 21 años y hermanas solteras del socio activo, quienes gozarán de los servicios sociales en la forma que determine el estatuto, sin derecho a participar en las Asambleas ni a elegir ni ser elegidos.


¿Cuál es una de las características de los socios activos en las asociaciones mutuales?

a) Deben ser personas mayores de 18 años.

b) Son personas jurídicas con derecho a elegir e integrar los Órganos Directivos.

c) Son personas físicas mayores de 21 años con derecho a elegir e integrar los Órganos Directivos.

d) Son personas físicas menores de 21 años.


¿Cuál de las siguientes categorías incluye a personas jurídicas como posibles miembros?

a) Activos.

b) Adherentes.

c) Participantes.

d) Ninguna de las anteriores.


¿Qué derecho no tienen los socios adherentes según el artículo?

a) Recibir servicios sociales.

b) Participar en las Asambleas.

c) Elegir o integrar los Órganos Directivos.

d) Participar en actividades culturales de la mutual.


¿Quiénes se consideran socios participantes en una mutual según el artículo?

a) Personas jurídicas que colaboran económicamente con la mutual.

b) Socios activos que no tienen derecho a elegir en las Asambleas.

c) Familiares cercanos del socio activo, como padres, hijos menores de 21 años y cónyuges.

d) Todas las personas mayores de 21 años que cumplan con los requisitos del estatuto.


¿Qué derechos no tienen los socios participantes en las asociaciones mutuales?

a) Recibir los servicios sociales ofrecidos por la mutual.

b) Elegir e integrar los Órganos Directivos.

c) Gozar de beneficios adicionales establecidos por el estatuto.

d) Asistir a actividades recreativas.


ARTICULO 9.- Los socios de las entidades mutuales, cualquiera fuera su categoría, deberán aportar con destino al Instituto Nacional de Acción Mutual el 1 % de la cuota societaria. Tal aporte no podrá ser inferior a veinte centavos de austral (A 0,20) por asociado y por mes. Las entidades mutuales serán agentes de retención debiendo ingresar los fondos dentro del mes siguiente de su percepción. Este importe será actualizado semestralmente de acuerdo al índice de precios mayoristas no agropecuarios nivel general, que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos o el organismo que lo sustituya. La primera actualización será efectuada a los seis meses de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial. Lo recaudado por este concepto será destinado, por lo menos en un 50 %, a la promoción y fomento del mutualismo, de acuerdo a lo establecido en los incisos c), d) y g) del artículo 2 del Decreto-Ley 19.331/71.


¿Cuál es el porcentaje de la cuota societaria que los socios de las mutuales deben aportar al Instituto Nacional de Acción Mutual?

a) 0,5 %

b) 1 %

c) 2 %

d) 5 %


¿Cuál es el monto mínimo que los socios deben aportar al Instituto Nacional de Acción Mutual?

a) 10 centavos de austral.

b) 20 centavos de austral.

c) 50 centavos de austral.

d) 1 austral.


¿Qué función cumplen las entidades mutuales respecto al aporte de sus socios al Instituto Nacional de Acción Mutual?

a) Son agentes de retención.

b) Son responsables de determinar el monto del aporte.

c) Solo informan al Instituto sobre el aporte, pero no lo retienen.

d) No tienen ninguna función en este proceso.


¿Cuándo deben las entidades mutuales ingresar los fondos recaudados al Instituto Nacional de Acción Mutual?

a) Al final del año fiscal.

b) Dentro del mes siguiente de su percepción.

c) Al final del trimestre.

d) Cada seis meses.


¿Cómo se actualizará el importe del aporte de los socios al Instituto Nacional de Acción Mutual?

a) Cada seis meses de acuerdo al índice de precios al consumidor.

b) Semestralmente según el índice de precios mayoristas no agropecuarios nivel general.

c) Cada tres meses según el valor del dólar oficial.

d) Anualmente según el índice de salarios.


¿Cuál es el destino de al menos el 50 % de lo recaudado por concepto de aportes al Instituto Nacional de Acción Mutual?

a) Será destinado a la construcción de viviendas sociales.

b) Será destinado a la promoción y fomento del mutualismo.

c) Se utilizará para subsidiar préstamos a mutuales.

d) Será destinado a la compra de insumos médicos.


ARTICULO 10.- Los socios podrán ser sancionados en la forma que determine el estatuto social, pero las causales de exclusión o de expulsión no podrán ser otras que las siguientes:

Son causas de exclusión:

a) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por los estatutos o reglamentos.

b) Adeudar tres mensualidades, si el estatuto no estableciera un plazo mayor. El Organo Directivo deberá notificar obligatoriamente mediante forma fehaciente, la morosidad a los socios afectados, con diez días de anticipación a la fecha en que serán suspendidos los derechos sociales e intimarle al pago para que en dicho término pueda ponerse al día.

c) Cancelar el seguro, en las mutuales de seguros.

Son causas de expulsión:

d) Hacer voluntariamente daño a la asociación u observar una conducta notoriamente perjudicial a los intereses sociales.

e) Cometer actos de deshonestidad en perjuicio de la asociación.


¿Cuáles de las siguientes es una causa de exclusión de un socio de una mutual?

a) Cometer actos de deshonestidad en perjuicio de la asociación.

b) Incumplir las obligaciones impuestas por los estatutos o reglamentos.

c) Cancelar el seguro en las mutuales de seguros.

d) Ambas respuestas b) y c) son correctas.


¿Cuánto tiempo puede un socio adeudar en mensualidades antes de ser excluido si el estatuto no establece un plazo mayor?

a) Dos mensualidades.

b) Tres mensualidades.

c) Seis mensualidades.

d) Un año de cuotas.


¿Qué debe hacer el órgano directivo antes de suspender los derechos sociales de un socio moroso?

a) Notificar al socio verbalmente.

b) Notificar al socio de manera fehaciente con diez días de anticipación e intimarlo al pago.

c) Notificar al socio mediante un aviso en el boletín oficial de la mutual.

d) Expulsar al socio inmediatamente sin previo aviso.


¿Cuál de las siguientes NO es una causa de expulsión de un socio de una mutual?

a) Hacer voluntariamente daño a la asociación.

b) Cancelar el seguro en las mutuales de seguros.

c) Observar una conducta notoriamente perjudicial a los intereses sociales.

d) Cometer actos de deshonestidad en perjuicio de la asociación.


¿Cuál es la acción que debe tomar el órgano directivo ante la morosidad de un socio en el pago de las mensualidades?

a) Expulsar al socio automáticamente.

b) Intimar al socio al pago, notificándolo de manera fehaciente diez días antes de suspender sus derechos.

c) Suspender los derechos sociales sin previo aviso.

d) Dejar que el socio regularice su situación sin notificación alguna.


¿Qué tipo de actos pueden llevar a la expulsión de un socio?

a) No asistir a las asambleas.

b) Adeudar dos mensualidades.

c) Observar una conducta perjudicial a los intereses de la asociación.

d) Cambiar su categoría de socio.


ARTICULO 11.- Los socios sancionados o afectados en sus derechos o intereses, podrán recurrir por ante la primera Asamblea Ordinaria que se realice, debiendo interponer el recurso respectivo dentro de los treinta días de notificados de la medida, ante el Organo Directivo.


¿Qué pueden hacer los socios sancionados o afectados en sus derechos o intereses?

a) Solicitar una reunión privada con el órgano directivo.

b) Recurrir ante la primera Asamblea Ordinaria que se realice.

c) Solicitar una compensación económica.

d) Presentar su queja directamente al Instituto Nacional de Acción Mutual.


¿Cuánto tiempo tienen los socios para interponer el recurso ante el Órgano Directivo después de ser notificados de la medida que afecta sus derechos o intereses?

a) 15 días.

b) 45 días.

c) 30 días.

d) 60 días.


¿Ante quién deben interponer los socios su recurso en caso de ser sancionados o afectados en sus derechos o intereses?

a) Directamente ante el Instituto Nacional de Acción Mutual.

b) Ante el Órgano Directivo.

c) Ante un juez de la Cámara Nacional de Apelaciones.

d) Ante los socios activos de la mutual.


¿Cuándo debe resolverse el recurso interpuesto por un socio afectado en sus derechos o intereses?

a) Durante la próxima reunión del Órgano Directivo.

b) En la primera Asamblea Extraordinaria que se realice.

c) En la primera Asamblea Ordinaria que se realice.

d) Dentro de los 10 días de interpuesto el recurso.


¿Cuál es el paso inicial que debe seguir un socio que ha sido sancionado y desea apelar la medida?

a) Solicitar una reunión con el presidente de la mutual.

b) Presentar un recurso ante el Órgano Directivo dentro de los 30 días.

c) Pedir una mediación con otros socios.

d) Interponer el recurso directamente en la Cámara Nacional de Apelaciones.


ARTICULO 12.- Las asociaciones mutualistas se administrarán por un Organo Directivo compuesto por cinco o más miembros, y por un Organo de Fiscalización formado por tres o más miembros, sin perjuicio de otros órganos sociales que los estatutos establezcan determinando sus atribuciones, actuaciones, elección o designación.


¿Cuántos miembros como mínimo deben integrar el Órgano Directivo de una asociación mutualista?

a) Dos miembros.

b) Cinco miembros.

c) Tres miembros.

d) Siete miembros.


¿Cuántos miembros como mínimo deben formar parte del Órgano de Fiscalización de una asociación mutualista?

a) Dos miembros.

b) Cinco miembros.

c) Tres miembros.

d) Siete miembros.


Además del Órgano Directivo y el Órgano de Fiscalización, ¿qué otros órganos pueden establecer las asociaciones mutuales?

a) Ningún otro órgano es permitido.

b) Cualquier otro órgano que los estatutos determinen.

c) Solo un órgano consultivo.

d) Un órgano ejecutivo especial designado por el gobierno.


¿Qué deben determinar los estatutos sobre los otros órganos que establezcan las asociaciones mutualistas?

a) Su composición y presupuesto.

b) Sus atribuciones, actuaciones, elección o designación.

c) Solo su mandato.

d) Su ubicación dentro de la sede de la mutual.


¿Cuál es la función principal del Órgano de Fiscalización en una asociación mutualista?

a) Administrar las finanzas de la mutual.

b) Proporcionar servicios médicos.

c) Fiscalizar y controlar las actividades de la mutual.

d) Elegir a los miembros del Órgano Directivo.


ARTICULO 13.- A los candidatos a los Organos Directivos o de Fiscalización no podrá exigírseles una antigüedad como socios mayor de dos años. Además no podrán ser electos quienes se encuentran:

a) Fallidos, concursados civilmente y no rehabilitados.

b) Condenados por delitos dolosos.

c) Inhabilitados por el Instituto Nacional de Acción Mutual o por el Banco Central de la República Argentina mientras dure su inhabilitación.

En caso de producirse cualquiera de las situaciones previstas en los incisos anteriores, durante el transcurso del mandato, cualquiera de los miembros de los Organos Sociales, será separado de inmediato de su cargo.


¿Cuál es la antigüedad máxima que se puede exigir a los candidatos para los Órganos Directivos o de Fiscalización de una asociación mutualista?

a) Tres años.

b) Un año.

c) Dos años.

d) Cinco años.


¿Cuál de las siguientes personas NO puede ser electa para integrar los Órganos Directivos o de Fiscalización?

a) Personas con más de dos años de antigüedad como socios.

b) Personas que han sido declaradas fallidas o concursadas civilmente y no rehabilitadas.

c) Personas que hayan presentado una solicitud de renuncia formal.

d) Personas que hayan sido electas previamente para un cargo similar.


¿Cuál de las siguientes situaciones descalifica a una persona para ser electa en los Órganos Directivos o de Fiscalización?

a) Tener deudas con la asociación.

b) Estar condenado por delitos dolosos.

c) No asistir a las asambleas de la mutual.

d) No estar inscripto en el Registro Nacional de Mutualidades.


¿Qué ocurre si un miembro de los Órganos Directivos o de Fiscalización incurre en alguna de las situaciones previstas en los incisos del Artículo 13 durante su mandato?

a) El miembro puede continuar en su cargo hasta el final de su mandato.

b) El miembro es separado inmediatamente de su cargo.

c) Se realiza una votación para decidir su permanencia.

d) Se le da un plazo de seis meses para regularizar su situación.


¿Quiénes no pueden ser electos para los Órganos Directivos o de Fiscalización si están inhabilitados por una institución?

a) Personas inhabilitadas por el Instituto Nacional de Acción Mutual o el Banco Central de la República Argentina.

b) Personas inhabilitadas por cualquier entidad bancaria.

c) Personas inhabilitadas por el Ministerio de Trabajo.

d) Personas inhabilitadas por organismos internacionales.


ARTICULO 14.- El término de cada mandato no podrá exceder de cuatro años. El asociado que se desempeña en un cargo electivo podrá ser reelecto, por simple mayoría de votos, cualquiera sea el cargo que hubiera desempeñado y su mandato podrá ser revocado en Asamblea Extraordinaria convocada al efecto y por decisión de los 2/3 de los asociados asistentes de la misma.


¿Cuál es el máximo plazo que puede durar un mandato en los Órganos Directivos o de Fiscalización?

a) Dos años.

b) Cinco años.

c) Tres años.

d) Cuatro años.


¿Cómo puede ser reelecto un asociado que se desempeña en un cargo electivo?

a) Solo si no ha cumplido dos mandatos consecutivos.

b) Mediante mayoría simple de votos.

c) Con la aprobación del presidente de la mutual.

d) Mediante mayoría de dos tercios de votos.


¿Qué porcentaje de los asociados asistentes es necesario para revocar el mandato de un miembro en Asamblea Extraordinaria?

a) Un tercio de los asociados asistentes.

b) La mitad más uno de los asociados asistentes.

c) Dos tercios de los asociados asistentes.

d) El 75% de los asociados asistentes.


¿Cuál es el requisito para revocar el mandato de un asociado en un cargo electivo?

a) Convocar una Asamblea Ordinaria y obtener mayoría simple de votos.

b) Realizar una petición firmada por el 50% de los socios activos.

c) Convocar una Asamblea Extraordinaria y obtener los votos de los 2/3 de los asistentes.

d) Solicitar la revocación mediante carta firmada por la mitad de los asociados.


¿Qué tipo de asamblea es necesaria para revocar el mandato de un miembro de los Órganos Directivos o de Fiscalización?

a) Asamblea Ordinaria.

b) Asamblea General.

c) Asamblea Constitutiva.

d) Asamblea Extraordinaria.


ARTICULO 15.- Los miembros de los Organos Directivos, así como de los Organos de Fiscalización serán solidariamente responsables del manejo e inversión de los fondos sociales y de la gestión administrativa durante el término de su mandato y ejercicio de sus funciones, salvo que existiera constancia fehaciente de su oposición al acto que perjudique los intereses de la asociación. Serán personalmente responsables asimismo de las multas que se apliquen a la asociación, por cualquier infracción a la presente Ley o a las resoluciones dictadas por el Instituto Nacional de Acción Mutual.


¿De qué son responsables solidariamente los miembros de los Órganos Directivos y de Fiscalización?

a) De la reelección de los cargos.

b) Del manejo e inversión de los fondos sociales.

c) De la convocatoria de las Asambleas.

d) De la modificación de los estatutos sociales.


¿Cuándo los miembros de los Órganos Directivos y de Fiscalización pueden quedar eximidos de responsabilidad?

a) Cuando no asistieron a la reunión en la que se tomó la decisión.

b) Cuando existe constancia fehaciente de su oposición al acto que perjudique a la asociación.

c) Cuando han renunciado antes de que ocurriera el acto.

d) Cuando la asamblea de socios así lo disponga.


¿De qué más serán personalmente responsables los miembros de los Órganos Directivos y de Fiscalización?

a) De los préstamos solicitados por los asociados.

b) De la aplicación incorrecta de subsidios.

c) De las multas que se apliquen a la asociación por infracciones a la ley o resoluciones del Instituto Nacional de Acción Mutual.

d) De los gastos personales de los socios adherentes.


¿Cuál es el alcance de la responsabilidad de los miembros de los Órganos Directivos durante el ejercicio de sus funciones?

a) Son responsables solidariamente de los actos administrativos que gestionen, salvo que se opongan de manera documentada.

b) Son responsables únicamente de las decisiones aprobadas en Asamblea Ordinaria.

c) Son responsables solo de los fondos invertidos en proyectos sociales.

d) Son responsables únicamente si han firmado el documento correspondiente.


ARTICULO 16.- Los deberes y atribuciones del Organo Directivo, sin perjuicio de otros que les confieran los estatutos, serán los siguientes:

a) Ejecutar las resoluciones de las Asambleas, cumplir y hacer cumplir el estatuto y los reglamentos;

b) Ejercer en general todas aquellas funciones inherentes a la dirección, administración y representación de la Sociedad, quedando facultado a este respecto para resolver por sí los casos no previstos en el estatuto, interpretándolo si fuera necesario, con cargo de dar cuenta a la Asamblea más próxima que se celebre;

c) Convocar a Asambleas;

d) Resolver sobre la admisión, exclusión, o expulsión de socios;

e) Crear o suprimir empleos, fijar su remuneración, adoptar las sanciones que correspondan a quienes los ocupen, contratar todos los servicios que sean necesarios para el mejor logro de los fines sociales;

f) Presentar a la Asamblea General Ordinaria: la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Organo de Fiscalización correspondiente al ejercicio fenecido;

g) Establecer los servicios y beneficios sociales y sus modificaciones y dictar sus reglamentaciones que deberán ser aprobados por la Asamblea;

h) Poner en conocimiento de los socios, en forma clara y directa, los estatutos y reglamentos aprobados por el Instituto Nacional de Acción Mutual.


¿Cuál es uno de los deberes del Órgano Directivo según el artículo 16?

a) Establecer los requisitos de las cuotas societarias.

b) Crear empleos sin la necesidad de informar a la Asamblea.

c) Ejecutar las resoluciones de las Asambleas y hacer cumplir el estatuto.

d) Organizar eventos sociales para los socios activos.


¿Qué función tiene el Órgano Directivo en relación con las Asambleas?

a) Convocar Asambleas y decidir los resultados de las votaciones.

b) Convocar Asambleas y presentar la Memoria, Balance General y otros informes financieros.

c) Supervisar las Asambleas sin necesidad de participar en la toma de decisiones.

d) Suspender Asambleas en caso de ausencia del presidente.


¿Qué debe hacer el Órgano Directivo respecto a los casos no previstos en el estatuto?

a) Resolverlos por sí mismo e interpretarlo si es necesario, con el compromiso de informar a la Asamblea más próxima.

b) Solicitar la intervención del Órgano de Fiscalización para que resuelva el caso.

c) Consultar directamente con el Instituto Nacional de Acción Mutual antes de actuar.

d) Aplazar la resolución hasta que se modifique el estatuto.


¿Qué documentación debe presentar el Órgano Directivo a la Asamblea General Ordinaria?

a) Únicamente el Balance General.

b) La Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Órgano de Fiscalización.

c) Solo la Memoria e Inventario del ejercicio.

d) El informe de beneficios sociales del último trimestre.


¿Cómo debe el Órgano Directivo informar a los socios sobre los estatutos y reglamentos?

a) A través de reuniones informales periódicas.

b) Publicando la información en un boletín mensual.

c) Poniendo en conocimiento de los socios, de manera clara y directa, los estatutos y reglamentos aprobados por el Instituto Nacional de Acción Mutual.

d) Mediante cartas dirigidas únicamente a los socios activos.


ARTICULO 17.- Los deberes y atribuciones del Organo de Fiscalización, sin perjuicio de otros que les confieran los estatutos serán los siguientes:

a) Fiscalizar la administración, comprobando mediante arqueos el estado de las disponibilidades en caja y bancos;

b) Examinar los libros y documentos de la asociación, como asimismo efectuar el control de los ingresos, por períodos no mayores de tres meses;

c) Asistir a las reuniones del Organo Directivo y firmar las actas respectivas;

d) Dictaminar sobre la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos presentados por el Organo Directivo;

e) Convocar a Asamblea Ordinaria cuando omitiera hacerlo el Organo Directivo;

f) Solicitar al Organo Directivo la convocatoria a Asamblea Extraordinaria cuando lo juzgue conveniente, elevando los antecedentes al Instituto Nacional de Acción Mutual cuando dicho Organo se negare a acceder a ello;

g) Verificar el cumplimiento de las leyes, resoluciones, estatutos y reglamentos, en especial en lo referente a los derechos y obligaciones de los asociados y las condiciones en que se otorgan los beneficios sociales.

El Organo de Fiscalización cuidará de ejercer sus funciones de modo que no entorpezca la regularidad de la administración social.


¿Cuál es una de las principales funciones del Órgano de Fiscalización según el artículo 17?

a) Administrar los fondos de la asociación.

b) Fiscalizar la administración mediante arqueos del estado de las disponibilidades en caja y bancos.

c) Convocar a reuniones con los socios.

d) Redactar el Estatuto social.


¿Qué tipo de control debe realizar el Órgano de Fiscalización sobre los libros y documentos de la asociación?

a) Controlar que los libros estén bien encuadernados.

b) Examinar los libros y documentos y controlar los ingresos por períodos no mayores de tres meses.

c) Hacer auditorías anuales sin un control periódico.

d) No tiene autoridad sobre los documentos, solo sobre el dinero.


¿Qué debe hacer el Órgano de Fiscalización si el Órgano Directivo no convoca a una Asamblea Ordinaria?

a) Ignorar la situación y esperar a la próxima Asamblea.

b) Convocar a Asamblea Ordinaria por su cuenta.

c) Elevar el asunto al Instituto Nacional de Acción Mutual sin convocar a Asamblea.

d) Solicitar a los socios que convoquen a la Asamblea.


¿Qué ocurre si el Órgano de Fiscalización considera necesario convocar a una Asamblea Extraordinaria y el Órgano Directivo se niega a hacerlo?

a) No puede hacer nada.

b) Debe elevar los antecedentes al Instituto Nacional de Acción Mutual.

c) Debe esperar un mes y luego convocar por su cuenta.

d) Convocar la Asamblea sin previo aviso.


Según el artículo 17, ¿qué debe verificar el Órgano de Fiscalización en relación con los derechos de los asociados?

a) La cantidad de socios activos en la asociación.

b) El cumplimiento de las leyes, resoluciones, estatutos y reglamentos, en especial los derechos y obligaciones de los asociados y las condiciones en que se otorgan los beneficios sociales.

c) Solo el cumplimiento de las normas de seguridad laboral.

d) El monto de las aportaciones de cada socio.


ARTICULO 18.- El llamado a Asamblea se efectuará mediante la publicación de la convocatoria y orden del día en el Boletín Oficial o en uno de los periódicos de mayor circulación en la zona, con treinta días de anticipación.


¿Cómo debe hacerse el llamado a Asamblea según el artículo 18?

a) A través de una llamada telefónica a los socios.

b) Mediante la publicación de la convocatoria y orden del día en el Boletín Oficial o en uno de los periódicos de mayor circulación en la zona.

c) Solo mediante correo electrónico a los socios.

d) A través de una carta enviada a cada socio.


¿Cuántos días de anticipación debe hacerse la publicación de la convocatoria a la Asamblea?

a) 15 días.

b) 20 días.

c) 30 días.

d) 45 días.


¿Qué información debe incluir la publicación al llamar a una Asamblea?

a) Solo la fecha de la Asamblea.

b) La convocatoria y el orden del día.

c) El costo de las cuotas para el próximo ejercicio.

d) Los nombres de todos los socios.


¿Dónde puede publicarse la convocatoria a la Asamblea además del Boletín Oficial?

a) En cualquier red social.

b) En uno de los periódicos de mayor circulación en la zona.

c) Solo en el sitio web de la asociación.

d) En un boletín interno de la asociación.


¿Cuál es el propósito principal de la publicación del llamado a Asamblea?

a) Aumentar la circulación del periódico.

b) Asegurar que todos los socios estén informados y puedan participar.

c) Cumplir con un requisito legal sin importar la participación.

d) Promocionar los servicios de la asociación.


ARTICULO 19.- Las asociaciones mutuales están obligadas a presentar al Instituto Nacional de Acción Mutual y poner a disposición de los socios, en la secretaría de la entidad, con diez días hábiles de anticipación a la fecha de la Asamblea, la convocatoria, orden del día y detalle completo de cualquier asunto a considerarse en la misma; en caso de tratarse de una Asamblea Ordinaria deberán agregarse a los documentos mencionados la Memoria del ejercicio, Inventario, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Organo de Fiscalización.


¿Qué deben presentar las asociaciones mutuales al Instituto Nacional de Acción Mutual antes de una Asamblea?

a) Solo la lista de socios.

b) La convocatoria, orden del día y detalle completo de cualquier asunto a considerarse.

c) Un informe sobre la situación financiera del país.

d) La historia de la asociación.


¿Con cuántos días de anticipación deben presentar estos documentos?

a) 5 días hábiles.

b) 10 días hábiles.

c) 15 días hábiles.

d) 30 días hábiles.


¿Qué documentos adicionales deben incluirse en el caso de una Asamblea Ordinaria?

a) Una lista de los asistentes.

b) La Memoria del ejercicio, Inventario, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Órgano de Fiscalización.

c) El presupuesto del próximo ejercicio.

d) Una encuesta sobre la satisfacción de los socios.


¿Dónde deben estar disponibles la convocatoria y los documentos para los socios?

a) En la página web de la asociación.

b) En la secretaría de la entidad.

c) En la casa de un socio activo.

d) En el archivo del Instituto Nacional de Acción Mutual.


¿Cuál es el propósito de presentar la convocatoria y el orden del día con anticipación?

a) Para cumplir con un requisito legal sin importancia.

b) Para asegurar que todos los socios estén informados sobre los asuntos a tratar en la Asamblea.

c) Para aumentar la membresía de la asociación.

d) Para garantizar que el presidente esté presente en la reunión.


ARTICULO 20.- Se formará un padrón de los asociados en condiciones de intervenir en las Asambleas y elecciones, el que deberá estar en la Mutual a disposición de los asociados, con una anticipación de treinta días a la fecha de las mismas.


¿Qué debe formarse en las asociaciones mutuales para las Asambleas y elecciones?

a) Un comité de bienvenida.

b) Un padrón de los asociados en condiciones de intervenir.

c) Un informe financiero.

d) Un reglamento interno.


¿Con cuánta anticipación debe estar disponible el padrón de asociados?

a) 10 días.

b) 15 días.

c) 20 días.

d) 30 días.


¿Dónde debe estar disponible el padrón para los asociados?

a) En la página web de la asociación.

b) En el archivo del Instituto Nacional de Acción Mutual.

c) En la Mutual, a disposición de los asociados.

d) En el domicilio del presidente de la asociación.


¿Qué finalidad tiene la formación del padrón de asociados?

a) Para identificar a los asociados que no pueden participar.

b) Para facilitar la intervención de los asociados en las Asambleas y elecciones.

c) Para registrar el historial financiero de la Mutual.

d) Para informar sobre las actividades recreativas de la asociación.


¿Qué información debe contener el padrón de asociados?

a) Solo los nombres y apellidos de los socios.

b) Información sobre el capital social de la asociación.

c) Los asociados en condiciones de intervenir en las Asambleas y elecciones.

d) La historia de la asociación y sus logros.


ARTICULO 21.- Los asociados participarán personalmente y con un sólo voto en las Asambleas, no siendo admisible el voto por poder. Los miembros del Organo Directivo y del Organo de Fiscalización no tendrán voto en los asuntos relacionados con su gestión. El quórum para cualquier tipo de Asamblea será de la mitad más uno de los asociados con derecho a participar. En caso de no alcanzar este número a la hora fijada la Asamblea podrá sesionar válidamente, 30 minutos después, con los socios presentes, cuyo número no podrá ser menor que el de los miembros del Organo Directivo y Organo de Fiscalización.


¿Tienen derecho a votar los miembros del Órgano Directivo y del Órgano de Fiscalización en asuntos relacionados con su gestión?

a) Sí, tienen derecho a voto.

b) No, no tendrán voto en esos asuntos.

c) Solo tienen voto en asuntos generales.

d) Solo si la Asamblea lo permite.


¿Cuál es el quórum necesario para cualquier tipo de Asamblea?

a) Un tercio de los asociados.

b) La mitad más uno de los asociados con derecho a participar.

c) Dos tercios de los miembros del Órgano Directivo.

d) Todos los asociados deben estar presentes.


¿Qué sucede si no se alcanza el quórum a la hora fijada para la Asamblea?

a) La Asamblea se cancela.

b) La Asamblea puede sesionar válidamente 30 minutos después con los socios presentes.

c) Se convocará a una nueva Asamblea en otra fecha.

d) Se suspenderá hasta que se logre el quórum.


¿Cuál es el número mínimo de socios que deben estar presentes para que la Asamblea pueda sesionar, si no se alcanza el quórum inicial?

a) El número de socios fundadores.

b) El número de miembros del Órgano Directivo y del Órgano de Fiscalización.

c) La mitad del total de asociados.

d) Al menos 10 socios.


ARTICULO 22.- Las resoluciones de las Asambleas se adoptarán por la mayoría de la mitad más uno de los socios presentes, salvo los casos de revocaciones de mandatos contemplados en el artículo 14 o en los que el estatuto social fije una mayoría especial superior. Ninguna Asamblea de asociados, sea cual fuere el número de presentes, podrá considerar asuntos no incluidos en la convocatoria.


¿Cómo se adoptarán las resoluciones en las Asambleas?

a) Por unanimidad de todos los socios.

b) Por la mayoría de la mitad más uno de los socios presentes.

c) Por el voto del Organo Directivo.

d) Por la mayoría simple de los asistentes.


¿Qué excepciones existen a la regla de mayoría mencionada en el artículo?

a) Los acuerdos sobre el uso de fondos.

b) Las revocaciones de mandatos y los casos donde el estatuto social fije una mayoría especial superior.

c) Decisiones sobre actividades recreativas.

d) La elección de nuevos socios.


¿Pueden las Asambleas considerar asuntos no incluidos en la convocatoria?

a) Sí, si hay consenso entre los presentes.

b) No, ninguna Asamblea puede considerar asuntos no incluidos en la convocatoria.

c) Solo si los miembros del Organo Directivo lo permiten.

d) Sí, si se vota a favor de incluirlos.


¿Qué se requiere para que un asunto no incluido en la convocatoria sea considerado en una Asamblea?

a) La aprobación de la mayoría de los socios.

b) No es posible considerar asuntos no incluidos en la convocatoria.

c) La firma de todos los miembros del Organo Directivo.

d) Un voto adicional en favor del tema.


¿A qué mayoría se refiere el artículo cuando menciona la "mitad más uno"?

a) La mitad de todos los socios registrados.

b) La mitad de los socios presentes más un voto adicional.

c) La mayoría de los miembros del Organo de Fiscalización.

d) La mayoría de los socios activos.


ARTICULO 23.- La elección y la renovación de las autoridades se efectuará por voto secreto, ya sea en forma personal o por correo, salvo el caso de lista única que se proclamará directamente en el acto eleccionario. Las listas de candidatos serán oficializadas por el Organo Directivo con quince días hábiles de anticipación al acto eleccionario, teniendo en cuenta:

a) Que los candidatos reúnan las condiciones requeridas por el estatuto.

b) Que hayan prestado su conformidad por escrito y estén apoyadas con la firma de no menos del 1% de los socios con derecho a voto.

Las impugnaciones serán tratadas por la Asamblea antes del acto eleccionario, quien decidirá sobre el particular.


¿Cómo se llevará a cabo la elección y renovación de las autoridades según el artículo?

a) Por voto a mano alzada.

b) Por voto secreto, ya sea en forma personal o por correo.

c) Solo por voto personal.

d) A través de una encuesta telefónica.


¿Qué sucede si hay una lista única de candidatos?

a) Se llevará a cabo una elección con voto secreto.

b) Se proclamará directamente en el acto eleccionario.

c) Se debe realizar una votación por correo.

d) No se llevará a cabo ninguna elección.


¿Cuántos días de anticipación deben ser oficializadas las listas de candidatos por el Organo Directivo?

a) 30 días hábiles.

b) 15 días hábiles.

c) 10 días hábiles.

d) 5 días hábiles.


¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los candidatos para ser oficializados?

a) Ser miembros del Organo Directivo.

b) Reunir las condiciones requeridas por el estatuto y contar con la conformidad escrita de los candidatos.

c) Haber estado en la asociación por un período mínimo de un año.

d) Tener la aprobación de la Asamblea.


¿Qué porcentaje de firmas de los socios con derecho a voto se necesita para apoyar la lista de candidatos?

a) 5%

b) 2%

c) 1%

d) 10%


¿Quién se encargará de tratar las impugnaciones sobre las listas de candidatos antes del acto eleccionario?

a) El Organo de Fiscalización.

b) El Organo Directivo.

c) La Asamblea.

d) Los socios presentes en la reunión.


ARTICULO 24.- Las Asambleas Ordinarias se realizarán una vez por año, dentro de los cuatro meses posteriores a la clausura de cada ejercicio y en ellas se deberá:

a) Considerar el Inventario, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos, así como la Memoria presentada por el Organo Directivo y el Informe del Organo de Fiscalización.

b) Elegir a los integrantes de los órganos sociales electivos que reemplacen a los que finalizan su mandato.

c) Aprobar o ratificar toda retribución fijada a los miembros de los órganos Directivo y de Fiscalización.

d) Tratar cualquier otro asunto incluido en la convocatoria.


¿Con qué frecuencia se realizarán las Asambleas Ordinarias?

a) Dos veces al año.

b) Una vez al año.

c) Cada seis meses.

d) Cada dos años.


¿Cuál es el plazo para realizar la Asamblea Ordinaria después de la clausura de cada ejercicio?

a) Dentro de los tres meses.

b) Dentro de los cuatro meses.

c) Dentro de los cinco meses.

d) Dentro de los seis meses.


¿Qué documentos deben considerarse en la Asamblea Ordinaria?

a) Solo el Balance General.

b) El Inventario, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos, la Memoria del Organo Directivo y el Informe del Organo de Fiscalización.

c) Solo la Memoria presentada por el Organo Directivo.

d) Ninguno, se pueden discutir otros asuntos.


¿Qué debe hacerse en la Asamblea Ordinaria respecto a los integrantes de los órganos sociales electivos?

a) Aprobar su gestión.

b) Elegir a los integrantes que reemplacen a los que finalizan su mandato.

c) Evaluar su rendimiento.

d) No se realiza ninguna acción respecto a ellos.


¿Qué tipo de retribuciones deben ser aprobadas o ratificadas en la Asamblea Ordinaria?

a) Solo las de los empleados de la mutual.

b) Cualquier retribución fijada a los miembros de los órganos Directivo y de Fiscalización.

c) Ninguna retribución es considerada en la Asamblea.

d) Solo las retribuciones extraordinarias.


¿Qué tipo de asuntos se pueden tratar en la Asamblea Ordinaria?

a) Solo los incluidos en la convocatoria.

b) Cualquier otro asunto incluido en la convocatoria.

c) Solo asuntos financieros.

d) Asuntos de carácter personal de los miembros.


ARTICULO 25.- Las Asambleas Extraordinarias serán convocadas siempre que el Organo Directivo lo juzgue conveniente o cuando lo solicite el Organo de Fiscalización o el 10% de los asociados con derecho a voto. En este último caso los Organos Directivos no podrán demorar su resolución más de treinta días desde la fecha de presentación. Si no se tomase en consideración la solicitud o se la negase infundadamente, el Instituto Nacional de Acción Mutual podrá intimar a las autoridades sociales para que efectúen la convocatoria dentro del plazo de cinco días hábiles de notificados; y si así no se cumpliera, intervendrá la asociación a los efectos exclusivos de la convocatoria respectiva.


¿Quién puede convocar una Asamblea Extraordinaria?

a) Solo el Organo Directivo.

b) El Organo Directivo, el Organo de Fiscalización o el 10% de los asociados con derecho a voto.

c) Cualquier socio de la mutual.

d) El Instituto Nacional de Acción Mutual.


¿Cuánto tiempo tienen los Organos Directivos para resolver la solicitud de convocatoria de una Asamblea Extraordinaria hecha por el 10% de los asociados?

a) Diez días.

b) Veinte días.

c) Treinta días.

d) Cuarenta días.


¿Qué acción puede tomar el Instituto Nacional de Acción Mutual si no se considera o se niega infundadamente la solicitud de una Asamblea Extraordinaria?

a) No puede intervenir en la situación.

b) Puede intimar a las autoridades sociales para que efectúen la convocatoria.

c) Puede disolver la asociación.

d) Puede sancionar a los miembros del Organo Directivo.


¿Cuánto tiempo tienen las autoridades sociales para realizar la convocatoria después de ser intimadas por el Instituto Nacional de Acción Mutual?

a) Dos días hábiles.

b) Tres días hábiles.

c) Cuatro días hábiles.

d) Cinco días hábiles.


Si las autoridades no cumplen con la convocatoria, ¿qué podrá hacer el Instituto Nacional de Acción Mutual?

a) Interrumpir la actividad de la asociación.

b) Intervenir la asociación solo para la convocatoria respectiva.

c) Asumir el control total de la asociación.

d) Despedir a los miembros del Organo Directivo.


ARTICULO 26.- Las Asambleas de las asociaciones mutualistas que tengan filiales, seccionales o delegaciones, podrán cuando el estatuto social lo establezca, realizarlas del modo siguiente:

La central y cada un de las filiales, seccionales o delegaciones nombrarán sus delegados. Constituidos los delegados en Asamblea, considerarán los puntos de la convocatoria, contando con un número de votos igual al 1% de los asociados que representan con derecho a voto, computándose por ciento toda fracción mayor de cincuenta. En estos casos los estatutos podrán establecer que las Asambleas se realicen cada dos años, debiendo, anualmente, darse a conocer a los socios el Balance y la Memoria del ejercicio.


¿Qué establece el Artículo 26 sobre las Asambleas de las asociaciones mutualistas con filiales, seccionales o delegaciones?

a) No pueden realizarse asambleas.

b) Deben realizarse solo en la sede central.

c) Pueden realizarse de acuerdo con lo que establezca el estatuto social.

d) Solo la sede central puede tomar decisiones.


¿Cómo se nombran los representantes en las Asambleas de las asociaciones mutualistas con filiales, seccionales o delegaciones?

a) Por elección directa de los socios.

b) Por nombramiento del Organo Directivo.

c) Cada filial, seccional o delegación nombrará sus delegados.

d) El Instituto Nacional de Acción Mutual designa a los delegados.


¿Cuál es el porcentaje de votos que tienen los delegados en la Asamblea en función de los asociados que representan?

a) 0.5% de los asociados.

b) 1% de los asociados que representan.

c) 5% de los asociados.

d) 10% de los asociados.


¿Qué sucede si el número de asociados que representan fracciona más de cincuenta?

a) No se contabiliza.

b) Se redondea hacia abajo.

c) Se contabiliza como un 1%.

d) Se descarta en el conteo.


¿Qué deben dar a conocer las filiales, seccionales o delegaciones anualmente a los socios?

a) Solo el Balance.

b) Solo la Memoria del ejercicio.

c) El Balance y la Memoria del ejercicio.

d) El presupuesto del próximo año.


ARTICULO 27.- El patrimonio de las asociaciones mutuales estará constituido:

a) Por las cuotas y demás aportes sociales.

b) Por los bienes adquiridos y sus frutos.

c) Por las contribuciones, legados y subsidios.

d) Por todo otro recurso lícito.


¿Qué constituye el patrimonio de las asociaciones mutuales según el Artículo 27?

a) Solo las cuotas sociales.

b) Las cuotas y demás aportes sociales, bienes adquiridos y otros recursos lícitos.

c) Solo los legados y subsidios.

d) Solo los bienes adquiridos.


¿Cuáles son las fuentes de ingresos mencionadas en el Artículo 27 para el patrimonio de las asociaciones mutuales?

a) Solo las cuotas.

b) Cuotas, bienes adquiridos, contribuciones, legados y subsidios.

c) Solo las contribuciones y legados.

d) Solo los subsidios.


Según el Artículo 27, ¿qué tipo de recursos pueden formar parte del patrimonio de las asociaciones mutuales?

a) Solo recursos públicos.

b) Recursos lícitos de cualquier tipo.

c) Recursos solo provenientes de aportes de socios.

d) Recursos obtenidos solo por donaciones.


¿Qué elemento NO se menciona específicamente como parte del patrimonio de las asociaciones mutuales en el Artículo 27?

a) Cuotas y aportes sociales.

b) Legados.

c) Recursos ilegales.

d) Bienes adquiridos.


¿Qué implica que el patrimonio de las asociaciones mutuales esté constituido por "todo otro recurso lícito"?

a) Solo puede ser formado por bienes materiales.

b) Incluye cualquier ingreso legal que no esté prohibido.

c) Se limita a donaciones y legados.

d) Excluye ingresos de actividades comerciales.


ARTICULO 28.- Los fondos sociales se depositarán en entidades bancarias a la orden de la asociación y en cuenta conjunta de dos o más miembros del Organo Directivo.


¿Dónde deben depositarse los fondos sociales según el Artículo 28?

a) En cuentas personales de los miembros del órgano directivo.

b) En entidades bancarias a la orden de la asociación.

c) En cajas de ahorro de los socios.

d) En cualquier entidad financiera que ofrezca buenas tasas de interés.


¿Qué característica debe tener la cuenta donde se depositan los fondos sociales?

a) Debe ser una cuenta de ahorro.

b) Debe ser a nombre de un solo miembro del órgano directivo.

c) Debe ser una cuenta conjunta de dos o más miembros del órgano directivo.

d) Puede ser una cuenta de inversión a largo plazo.


Según el Artículo 28, ¿qué tipo de entidades deben manejar los fondos sociales?

a) Entidades no bancarias.

b) Entidades bancarias.

c) Cajas de ahorro comunitarias.

d) Entidades gubernamentales.


¿A nombre de quién deben estar los fondos sociales depositados, según el Artículo 28?

a) A nombre del presidente de la asociación.

b) A nombre de la asociación.

c) A nombre del tesorero únicamente.

d) A nombre de los socios.


¿Qué implica el requisito de que la cuenta sea conjunta para los fondos sociales?

a) Facilita el control y la transparencia en la administración de los fondos.

b) Permite que cualquier miembro del órgano directivo retire fondos sin autorización.

c) Limita el acceso a los fondos solo a un miembro del órgano directivo.

d) Obliga a que todos los miembros del órgano directivo firmen cada transacción.


ARTICULO 29.- Las asociaciones mutualistas constituidas de acuerdo a las exigencias de la presente ley quedan exentas en el orden nacional, en el de la Municipalidad de la Capital Federal y en el Territorio Nacional de Tierra de Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, de todo impuesto, tasa o contribución de mejoras, en relación a sus bienes y por sus actos. Queda entendido que este beneficio alcanza a todos los inmuebles que tengan las asociaciones, y cuando de éstos se obtengan rentas, condicionado a que las mismas ingresen al fondo social para ser invertidas en la atención de los fines sociales determinados en los respectivos estatutos de cada asociación. Asimismo quedan exentos del Impuesto a los Réditos los intereses originados por los depósitos efectuados en instituciones mutualistas por sus asociados.

Quedan también liberadas de derechos aduaneros por importación de aparatos, instrumental, drogas y específicos cuando los mismo sean pedidos por las asociaciones mutualistas y destinados a la prestación de sus servicios sociales.

El Gobierno Nacional gestionará de los Gobiernos Provinciales la adhesión de las exenciones determinadas en el presente artículo.


¿A qué tipo de impuestos están exentas las asociaciones mutualistas constituidas según la ley?

a) Solo impuestos sobre la renta.

b) Impuestos, tasas y contribuciones de mejoras.

c) Impuestos sobre el patrimonio.

d) Impuestos sobre la propiedad inmobiliaria.


¿Qué condición se establece para que las rentas obtenidas de los inmuebles de las asociaciones mutualistas sean exentas de impuestos?

a) Deben ser utilizadas para gastos administrativos.

b) Deben ingresarse al fondo social y ser invertidas en fines sociales.

c) Deben ser donadas a otras organizaciones.

d) No hay condiciones específicas.


¿Qué beneficios impositivos reciben las asociaciones mutualistas en relación a los intereses de los depósitos de sus asociados?

a) Exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

b) Exención del Impuesto a los Réditos.

c) Exención de impuestos sobre ganancias de capital.

d) Exención de impuestos municipales.


¿Qué tipo de bienes están exentos de derechos aduaneros según el Artículo 29?

a) Bienes raíces.

b) Vehículos de transporte.

c) Aparatos, instrumental, drogas y específicos importados para prestación de servicios sociales.

d) Material de oficina.


¿Qué responsabilidad tiene el Gobierno Nacional respecto a las exenciones establecidas en el Artículo 29?

a) Implementar sanciones a las asociaciones que no cumplan con la ley.

b) Gestionar la adhesión de los Gobiernos Provinciales a las exenciones.

c) Publicar un informe anual sobre el cumplimiento de las asociaciones.

d) Proveer financiamiento a las asociaciones.


ARTICULO 30.- Las asociaciones mutuales podrán fusionarse entre sí.

Para ello se requerirá:

a) Haber sido aprobada previamente la fusión en Asamblea de socios.

b) Aprobación del Instituto Nacional de Acción Mutual.

De las Federaciones y Confederaciones


¿Es posible que las asociaciones mutuales se fusionen entre sí?

a) Sí, pero solo con una autorización gubernamental.

b) Sí, siempre que cumplan con ciertos requisitos.

c) No, las fusiones están prohibidas.

d) Solo si son de diferentes provincias.


¿Cuál es el primer requisito para que una fusión entre asociaciones mutuales sea válida?

a) Aprobar la fusión en una reunión del Organo Directivo.

b) Tener la aprobación del Instituto Nacional de Acción Mutual.

c) Aprobar la fusión en una Asamblea de socios.

d) Presentar un informe financiero de las asociaciones.


¿Qué entidad debe aprobar la fusión después de que sea aprobada por los socios?

a) El gobierno local.

b) La Asamblea Nacional.

c) El Instituto Nacional de Acción Mutual.

d) La Cámara Nacional de Apelaciones.


¿Qué tipo de entidades pueden fusionarse según el Artículo 30?

a) Solo asociaciones mutuales de la misma provincia.

b) Cualquier tipo de asociación sin fines de lucro.

c) Asociaciones mutuales entre sí.

d) Solo asociaciones con fines educativos.


¿Qué ocurre si una asociación mutual no obtiene la aprobación del Instituto Nacional de Acción Mutual para la fusión?

a) La fusión se lleva a cabo de todas formas.

b) La fusión no será válida.

c) La fusión puede ser reconsiderada en una próxima Asamblea.

d) La asociación debe disolverse.


ARTICULO 31.- Las asociaciones mutualistas podrán constituir Federaciones y Confederaciones.


¿Qué pueden constituir las asociaciones mutualistas según el Artículo 31?

a) Solo alianzas temporales.

b) Federaciones y Confederaciones.

c) Empresas con fines de lucro.

d) Nuevas asociaciones independientes.


¿Las Federaciones y Confederaciones constituidas por asociaciones mutualistas tienen algún propósito específico según la ley?

a) Sí, para la gestión de actividades culturales únicamente.

b) No, solo se forman sin un propósito específico.

c) Sí, para coordinar y potenciar esfuerzos entre las asociaciones.

d) No, solo existen para evitar la competencia entre asociaciones.


¿Las asociaciones mutualistas deben cumplir con algún requisito para constituir Federaciones y Confederaciones?

a) No, no se requiere ningún requisito.

b) Sí, deben ser aprobadas por el gobierno nacional.

c) Sí, deben seguir las disposiciones establecidas por el Instituto Nacional de Acción Mutual.

d) No, pueden formar federaciones sin ningún tipo de regulación.


¿Pueden las Federaciones y Confederaciones formarse con asociaciones de diferentes tipos?

a) No, solo pueden incluir asociaciones mutualistas.

b) Sí, siempre que tengan un objetivo similar.

c) No, deben ser de asociaciones con fines de lucro.

d) Sí, sin restricciones de tipo.


¿Cuál es una de las principales razones para que las asociaciones mutualistas formen Federaciones y Confederaciones?

a) Para competir entre sí.

b) Para compartir recursos y mejorar su gestión.

c) Para disminuir su número.

d) Para obtener beneficios fiscales.


ARTICULO 32.- Las Federaciones y Confederaciones previstas en el artículo anterior, para funcionar como tales, deberán inscribirse en el Registro Nacional de Mutualidades, gozando de todos los derechos y debiendo cumplir con todas las obligaciones emergentes de esta Ley y que sean compatibles con su condición.


¿Dónde deben inscribirse las Federaciones y Confederaciones para funcionar?

a) En la municipalidad de su localidad.

b) En el Registro Nacional de Mutualidades.

c) En cualquier banco nacional.

d) En el registro de comercio.


¿Qué derechos obtienen las Federaciones y Confederaciones al inscribirse en el Registro Nacional de Mutualidades?

a) Solo derechos financieros.

b) Gozan de todos los derechos establecidos en la Ley.

c) No obtienen derechos al inscribirse.

d) Solo derechos limitados.


Además de gozar de derechos, ¿qué deben cumplir las Federaciones y Confederaciones según el Artículo 32?

a) Solo deben cumplir con sus propios estatutos.

b) Deben cumplir con todas las obligaciones emergentes de esta Ley.

c) No tienen obligaciones una vez inscriptas.

d) Deben cumplir solo con las obligaciones de su región.


¿Qué condición deben cumplir las obligaciones que deben cumplir las Federaciones y Confederaciones?

a) Ser inamovibles.

b) Ser compatibles con su condición.

c) Ser opcionales.

d) Ser exclusivamente económicas.


¿Cuál es el propósito de inscribir a las Federaciones y Confederaciones en el Registro Nacional de Mutualidades?

a) Aumentar su visibilidad pública.

b) Permitirles operar legalmente y acceder a derechos y obligaciones.

c) Garantizar financiamiento gubernamental.

d) Crear competencia entre ellas.


ARTICULO 33.- Son derechos y obligaciones de las entidades previstas en el artículo 31 los siguientes:

a) Defender y representar ante las autoridades públicas y personas privadas los intereses mutuales de las entidades que se hallan en su jurisdicción.

b) Intervenir por derecho propio, o como tercero interesado, cuando la naturaleza de la cuestión debatida pueda afectar directa o indirectamente los intereses mutuales.

c) Intervenir en la celebración de acuerdos, pactos o convenios generales.

d) Contribuir a la promoción, ampliación y perfeccionamiento de la legislación, colaborando con el Estado como organismo técnico.


¿Cuál es uno de los derechos de las entidades previstas en el artículo 31?

a) Ignorar las normativas vigentes.

b) Defender y representar los intereses mutuales ante autoridades públicas.

c) Actuar solo a nivel local.

d) Evitar el contacto con otras entidades.


¿Qué pueden hacer las entidades en relación con cuestiones que afecten sus intereses mutuales?

a) No intervenir en esas cuestiones.

b) Solo intervenir si están directamente involucradas.

c) Intervenir como tercero interesado.

d) Evitar conflictos con otras entidades.


¿En qué tipo de acuerdos pueden intervenir las entidades según el artículo 33?

a) Solo en acuerdos locales.

b) En acuerdos, pactos o convenios generales.

c) Solo en acuerdos relacionados con su financiamiento.

d) En acuerdos no relacionados con el mutualismo.


¿Cuál es una de las obligaciones de las entidades mencionadas en el artículo?

a) Colaborar con el Estado como organismo técnico.

b) No involucrarse en la legislación.

c) Establecer sus propias leyes sin intervención.

d) Ignorar la legislación existente.


¿Cómo deben las entidades gestionar sus derechos y obligaciones según el artículo 33?

a) Ignorando las regulaciones.

b) Solo defendiendo sus intereses individuales.

c) Defendiendo los intereses mutuales de las entidades bajo su jurisdicción.

d) Solo actuando en beneficio propio.


ARTICULO 34.- Queda terminantemente prohibido el uso de las expresiones "Socorros Mutuos", "Mutualidad", "Protección Recíproca", "Previsión Social" o cualquier otro aditamento similar en el nombre de las sociedades o empresas que no estén constituidas de acuerdo con las disposiciones de la presente.

La violación de esta prohibición será penada con las multas previstas en el artículo siguiente y la clausura de sus instalaciones.


 Según el Artículo 34, qué tipo de expresiones está prohibido usar en el nombre de sociedades o empresas que no estén constituidas según las disposiciones de la ley?

a) "Socorros Mutuos", "Mutualidad", "Protección Recíproca"

b) "Solidaridad Social", "Protección General", "Ayuda Mutua"

c) "Asistencia Pública", "Ayuda Colectiva", "Reciprocidad Social"

d) "Seguridad Social", "Beneficencia Común", "Acción Mutual"


¿Qué sucederá si una sociedad o empresa utiliza una de las expresiones prohibidas por el Artículo 34 sin cumplir con las disposiciones de la ley?

a) Deberán modificar su nombre.

b) Serán sancionadas con multas y clausura de sus instalaciones.

c) No podrán operar durante 6 meses.

d) Serán objeto de una advertencia por parte del Instituto Nacional de Acción Mutual.


¿Cuál de las siguientes expresiones NO está prohibida por el Artículo 34 para las sociedades o empresas que no cumplen con esta ley?

a) "Protección Recíproca"

b) "Socorros Mutuos"

c) "Mutualidad"

d) "Asistencia Privada"


¿Qué tipo de pena establece el Artículo 34 para las sociedades o empresas que violen esta prohibición?

a) Solo una multa económica.

b) Clausura de las instalaciones únicamente.

c) Multa y clausura de sus instalaciones.

d) Advertencia y sanción administrativa.


ARTICULO 35.- Las infracciones a cualquiera de las disposiciones de la presente Ley o a las normas y resoluciones complementarias, son pasibles en forma aislada o conjunta de:

a) Multas de mil australes (A 1.000) a diez mil australes (A 10000).

Los montos establecidos en este inciso se actualizarán semestralmente, de acuerdo al índice de precios mayoristas no agropecuarios, nivel general, que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos o el organismo que lo sustituya. La primera actualización será efectuada a los seis meses de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial. 

b) Inhabilitación, temporal o permanente, para desempeñarse en los órganos establecidos por los estatutos, a las personas responsables de las infracciones.

c) (Inciso derogado por art.1 de la Ley N°25.374 B.O. 2/1/2001).

d) Retiro de la autorización para funcionar como Mutual y liquidación de la asociación infractora.

El procedimiento para el cobro compulsivo de las multas será el establecido para las ejecuciones fiscales en el Libro III, Título III, Capítulo II, Sección 4a. del Código Procesal, Civil y Comercial de la Nación y el que establece la Ley 18.695, en cuanto sean de aplicación.


¿Cuál es la sanción monetaria mínima establecida por el Artículo 35 para las infracciones a la ley?

a) A 500

b) A 1.000

c) A 2.000

d) A 5.000


¿Qué sucede con los montos de las multas mencionadas en el Artículo 35?

a) Se mantienen fijos.

b) Se actualizan trimestralmente.

c) Se actualizan semestralmente según el índice de precios mayoristas no agropecuarios.

d) Son revisados anualmente por el Instituto Nacional de Acción Mutual.


Según el Artículo 35, ¿qué sanción puede imponerse a las personas responsables de las infracciones, además de las multas?

a) Expropiación de bienes.

b) Inhabilitación temporal o permanente para desempeñar funciones en los órganos estatutarios.

c) Prohibición de asociarse a cualquier Mutual.

d) Suspensión de derechos de voto en la asamblea.


¿Qué sanción fue derogada por la Ley N° 25.374 en el Artículo 35?

a) Multas de hasta A 10.000.

b) Inhabilitación temporal.

c) Un inciso que ya no está especificado.

d) Retiro de autorización para operar.


¿Qué consecuencia puede enfrentar una Mutual si incurre en infracciones graves según el Artículo 35?

a) Cierre temporal.

b) Revocación de sus beneficios fiscales.

c) Retiro de la autorización para funcionar y liquidación de la asociación.

d) Intervención por parte del Estado.


ARTICULO 35 BIS: La autoridad de aplicación podrá solicitar al juez competente:

1. La nulidad de las resoluciones de los órganos sociales cuando fueran contrarias a la ley, el estatuto o los reglamentos.

2. La intervención de los órganos de administración y fiscalización de la mutual cuando realicen actos o incurran en omisiones que importen grave riesgo para su existencia.


¿Qué puede solicitar la autoridad de aplicación al juez competente según el Artículo 35 BIS?

a) La disolución inmediata de la mutual.

b) La nulidad de las resoluciones de los órganos sociales cuando sean contrarias a la ley, el estatuto o los reglamentos.

c) La destitución de todos los socios de la mutual.

d) El aumento de las cuotas societarias.


¿Qué acciones de los órganos de administración y fiscalización pueden justificar la intervención de la mutual?

a) Incumplir con el pago de impuestos.

b) Incurrir en actos u omisiones que representen un grave riesgo para la existencia de la mutual.

c) No realizar reuniones periódicas.

d) No permitir la incorporación de nuevos socios.


¿Qué medida puede tomar la autoridad de aplicación en caso de resoluciones contrarias a la ley, el estatuto o los reglamentos?

a) Imponer una multa a los miembros del órgano de fiscalización.

b) Solicitar la intervención del Banco Central de la República Argentina.

c) Solicitar la nulidad de dichas resoluciones.

d) Modificar los estatutos de la mutual.


¿Quién tiene la potestad de intervenir los órganos de administración y fiscalización en caso de peligro grave para la mutual?

a) El Instituto Nacional de Estadística y Censos.

b) El juez competente a solicitud de la autoridad de aplicación.

c) Los socios en asamblea.

d) El Ministerio de Economía.


ARTICULO 36.- Las sanciones a que se refiere el artículo anterior y liquidación judicial o extrajudicial de las asociaciones mutualistas, estará a cargo del Instituto Nacional de Acción Mutual, en todo el territorio de la República. El retiro de la autorización para funcionar como mutual lleva implícita la liquidación de la entidad de que se trate. De tales decisiones podrá recurrirse por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal.


¿Quién es responsable de aplicar las sanciones y liquidar las asociaciones mutualistas según el Artículo 36?

a) El Banco Central de la República Argentina.

b) El Instituto Nacional de Acción Mutual.

c) La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

d) El Poder Ejecutivo Nacional.


¿Qué consecuencia inmediata implica el retiro de la autorización para funcionar como mutual?

a) La disolución automática de la mutual.

b) El inicio de una investigación judicial.

c) La liquidación de la entidad.

d) La convocatoria a una Asamblea General Extraordinaria.


¿Ante qué tribunal se puede recurrir las decisiones del Instituto Nacional de Acción Mutual?

a) La Corte Suprema de Justicia de la Nación.

b) El Tribunal Superior de Justicia de cada provincia.

c) La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal.

d) El Consejo de la Magistratura.


¿Cuál es el ámbito de competencia del Instituto Nacional de Acción Mutual en la aplicación de sanciones?

a) Solo en la Ciudad de Buenos Aires.

b) En la Provincia de Buenos Aires y sus alrededores.

c) En todo el territorio de la República.

d) Exclusivamente en zonas rurales.


¿Quién es responsable de aplicar las sanciones y liquidar las asociaciones mutualistas según el Artículo 36?

a) El Banco Central de la República Argentina.

b) El Instituto Nacional de Acción Mutual.

c) La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

d) El Poder Ejecutivo Nacional.


¿Qué consecuencia inmediata implica el retiro de la autorización para funcionar como mutual?

a) La disolución automática de la mutual.

b) El inicio de una investigación judicial.

c) La liquidación de la entidad.

d) La convocatoria a una Asamblea General Extraordinaria.


¿Ante qué tribunal se puede recurrir las decisiones del Instituto Nacional de Acción Mutual?

a) La Corte Suprema de Justicia de la Nación.

b) El Tribunal Superior de Justicia de cada provincia.

c) La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal.

d) El Consejo de la Magistratura.


¿Cuál es el ámbito de competencia del Instituto Nacional de Acción Mutual en la aplicación de sanciones?

a) Solo en la Ciudad de Buenos Aires.

b) En la Provincia de Buenos Aires y sus alrededores.

c) En todo el territorio de la República.

d) Exclusivamente en zonas rurales.


ARTICULO 37.- Las mutuales quedan comprendidas en el régimen de la Ley N°24.522.


ARTICULO 38.- Las asociaciones mutuales, Federaciones y Confederaciones que actualmente funcionan en el orden Nacional o Provincial están obligadas dentro de los seis meses de promulgada esta Ley a someterse al régimen de la presente; en caso contrario, se procederá sin más trámite a lo determinado en el artículo 36


ARTICULO 39.-Sustitúyese el inciso d) del artículo 7° de la Ley19.331 por el siguiente:


"Inc. D): Las contribuciones recaudadas por el Fondo de Promoción Mutual de conformidad con la Ley 17.376 y las que se recauden por el artículo 9° de la Ley."


ARTICULO 40.- Derógase el Decreto-Ley número 24.499/45 ratificado por la Ley número 12.921 y toda otra disposición que se oponga a la misma.


ARTICULO 41.- Las disposiciones de la presente no afectarán la plena vigencia de la Ley N°18.610 en los casos a que esta última se refiere.


ARTICULO 41 BIS: El Estado nacional autorizará la retención del importe de las cuotas sociales y cargos por servicios de sus empleados que lo soliciten a favor de sus respectivas mutuales, en las condiciones que establezca la reglamentación. Los importes retenidos serán ingresados a las mutuales dentro de los cinco días de haberse abonado los haberes. Igual procedimiento regirá para los jubilados y pensionados nacionales. Se invitará a los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los empleadores privados a adoptar medidas similares.


ARTICULO 42.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-

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