Títulos Valores. Disposiciones generales

DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LOS TÍTULOS VALORES

ARTICULO 1815.- Concepto. Los títulos valores incorporan una obligación incondicional e irrevocable de una prestación y otorgan a cada titular un derecho autónomo, sujeto a lo previsto en el artículo 1816.

Cuando en este Código se hace mención a bienes o cosas muebles registrables, no se comprenden los títulos valores.

ARTICULO 1816.- Autonomía. El portador de buena fe de un título valor que lo adquiere conforme con su ley de circulación, tiene un derecho autónomo, y le son inoponibles las defensas personales que pueden existir contra anteriores portadores.

A los efectos de este artículo, el portador es de mala fe si al adquirir el título procede a sabiendas en perjuicio del deudor demandado.

ARTICULO 1817.- Pago liberatorio. El deudor que paga al portador del título valor conforme con su ley de circulación queda liberado, excepto que al momento del pago, disponga de pruebas que de-muestren la mala fe del que lo requiere. Sin embargo, si el deudor no recibe el título valor, se aplica lo dispuesto por el artículo 1819.

ARTICULO 1818.- Accesorios. La transferencia de un título valor comprende los accesorios que son inherentes a la prestación en él incorporada.

ARTICULO 1819.- Titularidad. Quien adquiere un título valor a título oneroso, sin culpa grave y conforme con su ley de circulación, no está obligado a desprenderse del título valor y, en su caso, no está sujeto a reivindicación ni a la repetición de lo cobrado.

ARTICULO 1820.- Libertad de creación. Cualquier persona puede crear y emitir títulos valores en los tipos y condiciones que elija. Se comprende en esta facultad la denominación del tipo o clase de título, su forma de circulación con arreglo a las leyes generales, sus garantías, rescates, plazos, su calidad de convertible o no en otra clase de título, derechos de los terceros titulares y demás regulaciones que hacen a la configuración de los derechos de las partes interesadas, que deben expresarse con claridad y no prestarse a confusión con el tipo, denominación y condiciones de los títulos valores especialmente previstos en la legislación vigente.

Sólo pueden emitirse títulos valores abstractos no regulados por la ley cuando se destinan a ofertas públicas, con el cumplimiento de los recaudos de la legislación específica; y también cuando los emisores son entidades financieras, de seguros o fiduciarios financieros registrados ante el organismo de contralor de los mercados de valores.

ARTICULO 1821.- Defensas oponibles. El deudor sólo puede oponer al portador del título valor las siguientes defensas:

a) las personales que tiene respecto de él, excepto el caso de transmisiones en procuración, o fiduciarias con análoga finalidad;

b) las que derivan del tenor literal del título o, en su caso, del tenor del documento inscripto de conformidad con el artículo 1850;

c) las que se fundan en la falsedad de su firma o en un defecto de capacidad o de representación al momento en que se constituye su obligación, excepto que la autovía de la firma o de la declaración obligatoria sea consentida o asumida como propia o que la actuación del representante sea ratificada;

d) las que se derivan de la falta de legitimación del portador;

e) la de alteración del texto del título o, en su caso, del texto inscripto según el artículo 1850;

f) las de prescripción o caducidad;

g) las que se fundan en la cancelación del título valor o en la suspensión de su pago ordenada conforme a lo previsto en este Capítulo;

h) las de carácter procesal que establecen las leyes respectivas.

ARTICULO 1822.- Medidas precautorias. Las medidas precautorias, secuestro, gravámenes y cualquier otra afectación del derecho conferido por el título valor, no tienen efecto si no se llevan a cabo:

a) en los títulos valores al portador, a la orden o nominativos endosables, sobre el mismo documento;

b) en los títulos nominativos no endosables, y en los no cartulares, por su inscripción en el registro respectivo;

c) cuando un título valor se ha ingresado a una caja de valores o a una cámara compensadora o sistema de compensación autorizado, la medida debe notificarse a la entidad pertinente, la que la debe registrar conforme con sus reglamentos.

ARTICULO 1823.- Firmas falsas y otros supuestos. Aunque por cualquier motivo el título valor contenga firmas falsas, o de personas inexistentes o que no resulten obligadas por la firma, son válidas las obligaciones de los demás suscriptores, y se aplica lo dispuesto por el artículo 1819.

ARTICULO 1824.- Incumplimiento del asentimiento conyugal. El incumplimiento del requisito previsto en el artículo 470, inciso b) en los títulos nominativos no endosables o no cartulares, no es oponible a terceros portadores de buena fe. Al efecto previsto por este artículo, se considera de buena fe al adquirente de un título valor incorporado al régimen de oferta pública.

ARTICULO 1825.- Representación inexistente o insuficiente. Quien invoca una representación inexistente o actúa sin facultades suficientes, es personalmente responsable como si actuara en nombre propio. Igual responsabilidad tiene quien falsifica la firma incorporada a un título valor.

ARTICULO 1826.- Responsabilidad. Excepto disposición legal o cláusula expresa en el título valor o en uno de sus actos de transmisión o garantía, están solidariamente obligados al pago los creadores del título valor, pero no los demás intervinientes.

Las obligaciones resultantes de un título valor pueden ser garantizadas por todas las garantías que sean compatibles. Las garantías otorgadas en el texto del documento o que surgen de la inscripción del artículo 1850, son invocables por todos los titulares y, si no hay disposición expresa en contrario, se consideran solidarias con las de los otros obligados.

ARTICULO 1827.- Novación. Excepto novación, la creación o transmisión de un título valor no perjudica las acciones derivadas del negocio causal o subyacente. El portador sólo puede ejercer la acción causal contra el deudor requerido si el título valor no está perjudicado, y ofrece su restitución si el título valor es cartular.

Si el portador ha perdido las acciones emergentes del título valor y no tiene acción causal, se aplica lo dispuesto sobre enriquecimiento sin causa.

ARTICULO 1828.- Títulos representativos de mercaderías. Los títulos representativos de mercaderías atribuyen al portador legítimo el derecho a la entrega de la cosa, su posesión y el poder de disponerla mediante la transferencia del título.

ARTICULO 1829.- Cuotapartes de fondos comunes de inversión. Son títulos valores las cuotapartes de fondos comunes de inversión.


PREGUNTAS SOBRE LAS DISPOSICIONES GENERALES DE LOS TÍTULOS VALORES


 ¿Qué incorporan los títulos valores según el artículo 1815 del CCyC?

a) Una obligación condicional y revocable de una prestación.

b) Una obligación incondicional e irrevocable de una prestación.

c) Una obligación incondicional y revocable de una prestación.

d) Una obligación condicional e irrevocable de una prestación.


¿Qué es lo que incorporan los títulos valores?

a) Una obligación revocable de una prestación.

b) Una obligación incondicional e irrevocable de una prestación.

c) Una obligación condicional de una prestación.


¿Qué tipo de derecho otorgan los títulos valores a cada titular?

a) Un derecho condicionado.

b) Un derecho autónomo.

c) Un derecho revocable.


¿En qué artículo se establece lo previsto en relación a los títulos valores?

a) Artículo 1816.

b) Artículo 1814.

c) Artículo 1813.


¿Se consideran los títulos valores como bienes o cosas muebles registrables?

a) Sí.

b) No.

c) Depende del tipo de título valor.


¿Qué es un título valor según el artículo 1815?

a) Una obligación incondicional e irrevocable de una prestación

b) Un documento que certifica la propiedad de un bien inmueble

c) Una representación simbólica de la propiedad de un bien mueble


¿Qué significa que el titular de un título valor tiene un derecho autónomo?

a) Que el titular tiene derecho a la prestación establecida en el título

b) Que el titular puede vender el título a un tercero sin necesidad de autorización del deudor

c) Que el titular tiene el derecho de exigir la prestación del deudor independientemente de los antecedentes del título


¿Cuándo son inoponibles las defensas personales contra el portador de buena fe de un título valor?

a) Cuando el título ha sido adquirido por subasta pública

b) Cuando el título ha sido adquirido en un mercado secundario

c) Cuando el título ha sido adquirido por medio de un poder notarial


¿En qué caso se considera que el portador de un título valor es de mala fe?

a) Cuando adquiere el título con desconocimiento de su ley de circulación

b) Cuando adquiere el título en perjuicio del deudor demandado

c) Cuando adquiere el título por medio de una operación bancaria ilegal


¿Qué significa que el portador de un título valor tiene un derecho autónomo según el artículo 1816 del CCyC?

a) Que el portador puede hacer lo que quiera con el título, incluso modificarlo o destruirlo.

b) Que el portador tiene un derecho exclusivo sobre el título, y puede ejercerlo sin depender de las relaciones entre los anteriores tenedores y el deudor.

c) Que el portador tiene un derecho limitado sobre el título, y debe respetar las relaciones entre los anteriores tenedores y el deudor.


¿Qué defensas personales son inoponibles al portador de buena fe de un título valor, según el artículo 1816 del CCyC?

a) Todas las defensas personales del deudor.

b) Sólo aquellas defensas personales del deudor que hayan sido establecidas expresamente en el título.

c) Sólo aquellas defensas personales del deudor que no hayan sido establecidas expresamente en el título.


¿Bajo qué circunstancia el portador de un título valor es considerado de mala fe según el artículo 1816 del CCyC?

a) Si adquirió el título a un precio muy bajo.

b) Si adquirió el título a sabiendas en perjuicio del deudor demandado.

c) Si el título tiene alguna irregularidad en su emisión o circulación.


¿En qué caso el deudor que paga al portador de un título valor queda liberado según el artículo 1817 del CCyC?

a) Si el título ha sido modificado por el portador.

b) Si el deudor tiene dudas sobre la autenticidad del título.

c) Si paga al portador conforme con la ley de circulación del título y no tiene pruebas de la mala fe del portador.


¿Qué significa que el portador de buena fe de un título valor tiene un derecho autónomo según el artículo 1816?

a) Que tiene derecho a exigir el pago de la prestación sin importar quiénes sean los anteriores portadores del título.

b) Que tiene derecho a disponer del título como quiera.

c) Que tiene derecho a adquirir el título sin pagar ninguna suma de dinero.


¿En qué caso el deudor no queda liberado al pagar al portador de un título valor?

a) Cuando el deudor no recibe el título valor.

b) Cuando el deudor recibe el título valor pero el portador no es de buena fe.

c) Cuando el deudor no dispone de pruebas que demuestren la mala fe del portador del título.


¿Qué comprende la transferencia de un título valor según el artículo 1818?

a) Solo la prestación principal incorporada en el título.

b) Los accesorios que son inherentes a la prestación incorporada en el título.

c) Solo los intereses generados por la prestación incorporada en el título.


¿Qué se entiende por título valor según el artículo 1815 del CCyC?

a) Una obligación incondicional e irrevocable de una prestación.

b) Una transacción de bienes inmuebles.

c) Una relación comercial entre empresas.


¿Qué significa que el portador de un título valor tenga un derecho autónomo, según el artículo 1816 del CCyC?

a) El portador tiene derecho a disponer de la obligación contenida en el título como si fuera una cosa propia.

b) El portador está obligado a cumplir con todas las obligaciones contenidas en el título.

c) El portador solo puede ejercer el derecho contenido en el título en conjunto con otros portadores.


¿Qué sucede si el deudor paga al portador del título valor conforme con su ley de circulación, según el artículo 1817 del CCyC?

a) El deudor queda liberado de su obligación, salvo que demuestre la mala fe del portador al momento del pago.

b) El deudor debe continuar pagando al anterior portador del título valor.

c) El deudor debe pagar una multa adicional al portador del título valor.


¿Qué se entiende por transferencia de un título valor, según el artículo 1818 del CCyC?

a) La transferencia solo de la obligación principal contenida en el título.

b) La transferencia de los accesorios que son inherentes a la prestación en el título incorporada.

c) La transferencia de la propiedad de la empresa emisora del título.


¿Qué sucede si alguien adquiere un título valor a título oneroso, sin culpa grave y conforme con su ley de circulación, según el artículo 1819 del CCyC?

a) La persona está obligada a desprenderse del título valor en caso de que alguien reclame la propiedad del mismo.

b) La persona no está sujeta a reivindicación ni a la repetición de lo cobrado en caso de que alguien reclame la propiedad del título valor.

c) La persona debe devolver el título valor al emisor.


¿Qué se entiende por libertad de creación en el contexto de los títulos valores según el artículo 1820?

A) Que cualquier persona puede crear y emitir títulos valores sin restricciones.

B) Que cualquier persona puede crear y emitir títulos valores en los tipos y condiciones que elija, siempre y cuando se expresen con claridad y no se presten a confusión con los tipos de títulos previstos en la legislación vigente.

C) Que sólo las entidades financieras, de seguros o fiduciarios financieros registrados pueden crear y emitir títulos valores.

D) Que sólo se pueden crear y emitir títulos valores abstractos no regulados por la ley para ofertas públicas. 


¿Quién puede crear y emitir títulos valores en los tipos y condiciones que elija?

a) Solo las entidades financieras y compañías de seguros

b) Cualquier persona

c) Solo las empresas registradas ante el organismo de contralor de los mercados de valores


¿Qué facultades comprende la creación y emisión de títulos valores?

a) Solo la denominación del tipo o clase de título

b) La forma de circulación y garantías

c) Solo la denominación del tipo o clase de título y su forma de circulación


¿Cuándo se pueden emitir títulos valores abstractos no regulados por la ley?

a) Solo cuando se destinan a ofertas públicas

b) Solo cuando son emitidos por entidades financieras, de seguros o fiduciarios financieros registrados

c) Ambas opciones son correctas


¿Cuáles son las defensas que el deudor puede oponer al portador del título valor según el artículo 1821?

a) Las personales, las derivadas del tenor literal del título o documento inscripto, las que se fundan en la falsedad de la firma o un defecto de capacidad o representación, las que se derivan de la falta de legitimación del portador, la de alteración del texto del título, las de prescripción o caducidad, las que se fundan en la cancelación del título, y las de carácter procesal.

b) Las personales y las de carácter procesal.

c) Las que se fundan en la falsedad de la firma o un defecto de capacidad o representación y las de prescripción o caducidad.

d) Las que se derivan de la falta de legitimación del portador y la de alteración del texto del título.


¿En qué casos el deudor puede oponer defensas personales al portador del título valor según el artículo 1821?

a) Siempre que se trate de transmisiones en procuración o fiduciarias con análoga finalidad.

b) Nunca, el deudor no puede oponer defensas personales al portador del título valor.

c) Únicamente si se trata de transmisiones en procuración.

d) Solo si se trata de transmisiones fiduciarias con análoga finalidad.


¿Qué defensas se derivan del tenor literal del título o, en su caso, del tenor del documento inscripto según el artículo 1821?

a) Las que se fundan en la falsedad de la firma o un defecto de capacidad o representación.

b) Las de prescripción o caducidad.

c) Las que se derivan de la falta de legitimación del portador.

d) Las que no están expresamente contempladas en el artículo 1821.


¿En qué casos las medidas precautorias afectan el derecho conferido por el título valor?

a) En los títulos valores al portador, a la orden o nominativos endosables, sobre el mismo documento.

b) En los títulos nominativos no endosables, por su inscripción en el registro respectivo.

c) En los títulos valores al portador, a la orden o nominativos endosables, por su inscripción en el registro respectivo.


¿Cómo se deben registrar las medidas precautorias en caso de que un título valor se haya ingresado a una caja de valores o a una cámara compensadora o sistema de compensación autorizado?

a) Deben notificarse a la entidad pertinente, la que la debe registrar conforme con sus reglamentos.

b) No es necesario registrarlas en estos casos.

c) Se deben registrar en el Registro Nacional de Títulos y Documentos.


¿En qué casos las medidas precautorias no tienen efecto?

a) En los títulos valores nominativos no endosables, por su inscripción en el registro respectivo.

b) En los títulos valores al portador, a la orden o nominativos endosables, sobre el mismo documento.

c) En los títulos valores nominativos no endosables, por su inscripción en el Registro Nacional de Títulos y Documentos.


¿Qué sucede con las obligaciones de los demás suscriptores si un título valor contiene firmas falsas o de personas inexistentes o que no están obligadas por la firma?

a) Son nulas e ineficaces.

b) Son válidas.

c) Depende de la gravedad del error.

d) Se deben analizar caso por caso.


¿Qué ocurre si un título valor contiene firmas falsas o de personas inexistentes?

a) Las obligaciones de todos los suscriptores se invalidan.

b) Las obligaciones de los demás suscriptores siguen siendo válidas.

c) El título valor se considera nulo y sin efecto.


¿Qué sucede si una persona no obligada por una firma suscribe un título valor?

a) La obligación se considera inválida.

b) La obligación sigue siendo válida para los demás suscriptores.

c) El título valor se considera nulo y sin efecto.


¿Qué artículo se aplica cuando una persona adquiere un título valor a título oneroso, sin culpa grave y conforme con su ley de circulación?

a) Artículo 1817.

b) Artículo 1819.

c) Artículo 1823.


¿Cómo se consideran las obligaciones de los demás suscriptores en caso de firmas falsas o inexistentes?

a) Nulas e inválidas.

b) Válidas.

c) Depende del tipo de título valor.


¿Qué sucede si un título nominativo no endosable o no cartular no cuenta con el asentimiento conyugal requerido por el artículo 470, inciso b) del CCyC?

a) Se vuelve nulo y sin efecto.

b) Es oponible a terceros portadores de buena fe.

c) El titular del título pierde todos sus derechos sobre el mismo.

d) Ninguna de las anteriores.


¿Quiénes son considerados de buena fe según el artículo 1824?

a) Los cónyuges del titular del título valor.

b) Los adquirentes de un título valor incorporado al régimen de oferta pública.

c) Los titulares anteriores del título valor.

d) Ninguna de las anteriores.


¿Qué requisito prevé el artículo 470, inciso b) del CCyC?

a) El pago de impuestos sobre el título valor.

b) La inscripción del título valor en un registro específico.

c) El asentimiento conyugal para transferir el título valor.

d) La garantía de un bien inmueble para respaldar el título valor.


¿Quiénes son responsables en caso de invocar una representación inexistente o actuar sin facultades suficientes en relación a un título valor?

a) El representante y el titular del título valor.

b) El representante y el portador del título valor.

c) El representado y el portador del título valor.

d) El representante y el emisor del título valor.


¿Quién es responsable en caso de que alguien actúe en nombre de otro sin tener la representación suficiente?

a) La persona que actuó sin facultades suficientes

b) La persona que debería haber dado las facultades suficientes

c) Ninguna de las anteriores


¿Qué sucede si alguien falsifica una firma en un título valor?

a) El título valor queda anulado

b) La persona que falsificó la firma es responsable como si actuara en nombre propio

c) Se considera nulo solo el acto en que se usó la firma falsificada


¿Qué sucede si se invoca una representación inexistente al actuar en nombre de otro en un título valor?

a) La persona en cuyo nombre se actuó es responsable

b) La persona que actuó es responsable como si actuara en nombre propio

c) Ambas personas son responsables


¿En qué casos el incumplimiento del requisito previsto en el artículo 470, inciso b) no es oponible a terceros portadores de buena fe en los títulos nominativos no endosables o no cartulares?

a) Cuando el adquirente del título es una entidad financiera

b) Cuando el adquirente del título es una persona física

c) Cuando el título se ha incorporado al régimen de oferta pública


¿Quiénes están solidariamente obligados al pago de un título valor, según el artículo 1826 del CCyC?

a) Los creadores del título valor y todos los intervinientes.

b) Los creadores del título valor, pero no los demás intervinientes.

c) Los intervinientes, pero no los creadores del título valor.

d) Ninguna de las anteriores.


¿Qué tipos de garantías pueden ser utilizadas para respaldar las obligaciones resultantes de un título valor, según el artículo 1826?

a) Solo las garantías otorgadas en el texto del documento.

b) Solo las garantías que surgen de la inscripción del artículo 1850.

c) Todas las garantías que sean compatibles.

d) Ninguna de las anteriores.


¿Cómo se consideran las garantías que se otorgan en el texto del documento o que surgen de la inscripción del artículo 1850, según el artículo 1826?

a) Solo se consideran solidarias con las de los otros obligados si hay una disposición expresa en contrario.

b) No se consideran solidarias con las de los otros obligados.

c) Se consideran solidarias con las de los otros obligados, pero solo si son otorgadas por los creadores del título valor.

d) Se consideran solidarias con las de los otros obligados, sin necesidad de una disposición expresa en contrario.


¿Qué acciones derivadas del negocio causal o subyacente se ven perjudicadas por la creación o transmisión de un título valor?

a) Todas las acciones.

b) Ninguna acción.

c) Solo las acciones relacionadas con el título valor.

d) Solo las acciones no relacionadas con el título valor.


¿Bajo qué circunstancia el portador solo puede ejercer la acción causal contra el deudor requerido?

a) Si el título valor está perjudicado.

b) Si el título valor no está perjudicado.

c) Si el título valor es cartular.

d) Si el título valor es nominativo.


¿Qué ocurre si el portador ha perdido las acciones emergentes del título valor y no tiene acción causal?

a) Debe presentar una demanda de nulidad del título valor.

b) Puede ejercer la acción causal contra cualquier otra persona.

c) Se aplica lo dispuesto sobre enriquecimiento sin causa.

d) No tiene derecho a ninguna acción.


¿Qué derecho otorgan los títulos representativos de mercaderías al portador legítimo?

a) El derecho de propiedad sobre la mercadería representada en el título.

b) El derecho a recibir una compensación monetaria por la mercadería representada en el título.

c) El derecho a la entrega de la mercadería representada en el título, su posesión y el poder de disponerla mediante la transferencia del título.

d) El derecho a la utilización de la mercadería representada en el título para fines comerciales.


¿Qué derecho otorgan los títulos representativos de mercaderías al portador legítimo?

a) El derecho a la propiedad de la mercadería.

b) El derecho a la posesión de la mercadería y el poder de disponer de ella mediante la transferencia del título.

c) El derecho a la comercialización de la mercadería.


¿Quién tiene derecho a la entrega de la mercadería representada en el título?

a) El creador del título valor.

b) El primer endosatario del título valor.

c) El portador legítimo del título valor.


¿Cómo se transfiere la posesión de la mercadería representada en el título valor?

a) Mediante la firma de un contrato de compraventa.

b) Mediante la transferencia del título valor al comprador.

c) Mediante la entrega física de la mercadería.


¿Quién es responsable por las deudas y obligaciones relacionadas con la mercadería representada en el título valor?

a) El portador legítimo del título valor.

b) El creador del título valor.

c) El primer endosatario del título valor.


¿Qué son las cuotapartes de fondos comunes de inversión?

a) Una forma de financiamiento para empresas

b) Un tipo de obligación financiera

c) Un título valor


¿Qué derecho otorgan las cuotapartes de fondos comunes de inversión?

a) El derecho a voto en la gestión del fondo

b) El derecho a recibir una renta fija

c) El derecho a participar en las ganancias y pérdidas del fondo


¿Pueden las cuotapartes de fondos comunes de inversión ser objeto de gravámenes y medidas precautorias?

a) Sí, siempre

b) No, nunca

c) Depende de las disposiciones legales aplicables

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